Lejos de aparecer en el buzón, la correspondencia, años después de haber sido enviada, flotaba en el lodazal de una granja. Allí había decenas de cartas, folletos publicitarios y correspondencia electoral que el cartero había dejado sin repartir y que, gracias a aquel barrizal, se supo de su destino y conocer el origen de su desaparición.

Un funcionario del cuerpo auxiliar de Correos y Telégrafos desde el año 2000 y cuyas iniciales son J.M. ha aceptado en la Audiencia Provincial de Navarra una condena de seis meses de prisión por un delito de infidelidad en la custodia de documentos por ser responsable de los hechos antes descritos, después de no repartir casi 200 cartas y quedarse también otro tipo de correspondencia y propaganada para distintos destinatarios de la Comarca de Pamplona.

El tribunal ha impuesto igualmente al acusado una multa de 525 euros, así como la inhabilitación durante año y medio para el empleo o cargo público y, en especial, para volver a trabajar en Correos. La sentencia se alcanzó de conformidad después de que se le apreciaran las atenuantes (circunstancias que rebajan la pena) de dilaciones indebidas, por el tiempo que ha estado la causa paralizada sin llegar a juicio, y de reparación del daño, después de que el acusado consignara 3.000 euros en el juzgado para reparar los daños causados a la entidad estatal de Correos.

El juicio debía celebrarse el pasado mes de febrero en la Audiencia Provincial e iba a juzgarse por un tribunal de jurado popular, pero no fue necesario que se constituyera debido a la conformidad alcanzada con anterioridad entre la defensa del procesado y la Fiscalía.

El procesado había desempeñado como cartero en los periodos comprendidos entre el 1 de febrero de 2005 y el 31 de diciembre de 2014, y entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de mayo de 2016, el acusado prestó servicio como auxiliar de reparto en moto en la unidad llamada Noáin-Circular 5. Así en sus primeros años le correspondía el reparto en Mutilva y Tajonar y en el segundo periodo de tiempo añadió también las localidades de Torres de Elorz y Zabalegui.

La mala praxis del cartero salió a la luz el 24 de julio de 2017 cuando una patrulla del Seprona de la Guardia Civil localizó en un vertido próximo a una granja ubicada en una localidad de la Zona Media, en la que el procesado había tenido su domicilio, 51 cartas con distintos destinatarios remitidas por distintos organismos oficiales, otras 133 cartas cuyos remitentes eran bancos y empresas, 3 cartas particulares y varios paquetes de correspondencia electoral, así como numerosas publicidad enviada también a particulares.

Todos los destinatarios tenían su domicilio en Tajonar y Mutilva. Asimismo, en el mismo paraje, fueron hallados varios documentos personales dedl acusado, entre los que destacan correspondencia abierta en su nombre, nóminas suyas de Correos y rutas asignadas.

Así, la sentencia recoge que el acusado, incumpliendo sus funciones, no había repartido la correspondencia descrita correspondiente a los periodos de destino anteriormente citados, en especiales la fechada entre 2012 y mayo de 2016 (varias cartas son de febrero y mayo de 2014 y otras de marzo de 2015?).

En la resolución se deja constancia de que la causa judicial se había incoado en agosto de 2017 en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Tafalla, que se inhibió en la investigación en favor del juzgado de Aoiz. Además, la Audiencia revocó en marzo de 2018 la declaración de la causa como compleja pero el exhorto enviado al juzgado de paz de Noáin en agosto de ese año no se tramitó hasta junio de 2019. Por ello, estas paralizaciones de la causa no imputables a la actuación del acusado le permiten favorecerse de la atenuante de dilaciones indebidas.