Un quiromasajista de Pamplona, J.M.C., que ejercía en un centro especializado que disponía en el centro de Pamplona, fue ayer condenado de conformidad en el Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona a tres años de prisión por tres delitos de abusos sexuales (un año por cada uno de ellos) denunciados por clientas a las que efectuó tocamientos mientras le practicaba diversos masajes en su consulta. El acusado aceptó la condena porque se le concedió la suspensión extraordinaria para que no tuviera que ingresar en prisión, debido a que le consta ya un antecedente penal por un delito idéntico, por el que se le condenó a 15 meses de cárcel. Ahora, debido a que ninguno de los tres delitos supera de manera individual los dos años de prisión, se le permite evitar el encarcelamiento bajo tres condiciones: no puede cometer un delito en los próximos tres años, a que abone una multa de 2.592 euros y a que pague en un plazo de 24 meses la responsabilidad civil de 7.300 euros a la que se le condena para indemnizar a las víctimas por los daños causados. Asimismo se le im-ponen cinco años de libertad vigilada y una orden de alejamiento y de prohibición de comunicarse con las víctimas del mismo periodo de tiempo.

La primera de las víctimas acudió al centro de quiromasaje en febrero de 2019 para que le tratara de una dolencia de cervicales. Ya había acudido al establecimiento en ocasiones anteriores, pero esta vez el acusado le dijo que se colocara boca arriba y le sugirió: "Ahora se acaba el sufrimiento y empieza el placer", sin que la clienta le diera mayor importancia a la frase. Sin embargo, a partir de ese momento, la actitud del acusado fue destinada a satisfacer su ánimo libidinoso, acercándose en exceso a la paciente, hasta casi rozar su cara con la de ella y empezando a bajar las manos por los costados hasta la zona del pubis y subiendo hasta tocarle los pechos. Ello provocó que la mujer se incorporase de inmediato y, en ese momento, el acusado le expresó: "No te voy a cobrar nada, porque no lo hemos pasado bien los dos" y "sólo me ha faltado besarte", por lo que la denunciante abandonó rápidamente la consulta. La paciente sufrió un trastorno adaptativo leve.

El 8 de marzo de 2019, otra clienta fue víctima de una conducta casi idéntica por parte del acusado. Tras consultar una cita por teléfono, la joven acudió por la tarde para tratarse de una contractura en el lado izquierdo de la espalda. Una vez allí, se quitó la camiseta y se tumbó en la camilla boca abajo. Recibió 15 minutos de masajes en la zona dolorida. Transcurrido ese tiempo, el acusado le pidió a la paciente que se colocara boca arriba y la masajeó en la zona cervical, si bien la sometió a tocamientos sexuales no deseados ni consentidos. Llegó a introducir un dedo entre la ingle y el pantalón de la joven y le agarró del tanga para tirar del mismo, lo que hizo que la víctima le apartara la mano. El acusado continuó tocándola en la zona del pubis y los pechos de forma reiterada y llegó a pellizcarle los pezones, instante en el que la joven reaccionó y le dijo que se tenía que ir, saliendo finalmente de la consulta nerviosa y asustada. Presentó sintomatología ansiosa y somatizaciones, y recibió asistencia psicológica.

El 6 de mayo de 2019 la tercera mujer concertó una cita con el acusado en su local para tratarle de unas contracturas cervicales y lumbares. Una vez en la sala de masajes, tras quitarse la blusa, la joven se tumbó en la camilla boca abajo. Al cabo de media hora, el acusado le dijo que se colocara boca arriba e inició maniobras que no son propias de la técnica de masaje solicitado, comenzando a realizar tocamientos con connotación sexual. Así, la masajeó por los hombros y siguió por los pechos y la zona púbica. La clienta le dijo en esta ocasión que no le estaba gustando nada el masaje, ya que no respondía a la técnica requerida. Por estos hechos, la mujer estuvo tres semanas de baja y presentó sintomatología ansiosa fóbica y bajo estado de ánimo.

condena anterior En la condena que ya pesa sobre él de 15 meses de prisión, impuesta por el Juzgado de lo Penal 2 de Pamplona y ratificada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra y por el Tribunal Supremo, se narraba que una clienta acudió al centro de masaje en octubre de 2017. Una vez allí, tras contratar un masaje relajante y descontracturante de cuerpo entero y después de que el acusado le terminara el masaje en la espalda, este le dijo a la clienta: "Hasta aquí el dolor, ahora comienza el placer" y continuó el masaje por las piernas y las nalgas, lo que incomodó a la víctima. Luego, el procesado le dijo que se diera la vuelta, le colocó un antifaz y le empezó un masaje pectoral, que fuera aprobado por la clienta. En la manera en la que ejecutó dicha práctica la víctima pensó que se había equivocado y que quizá estaba recibiendo "un masaje erótico. Se quedó bloqueada". A continuación, el procesado continuó por la zona abdominal y tocó la vagina de la mujer, lo que provocó la reacción de la víctima, que le dijo que se mantuviera alejado de esa zona, se quitó el antifaz y abandonó el centro.