El decreto es exhaustivo en cuanto a control de la calidad del agua, depuración y medidas de seguridad en las piscinas navarras. La nueva normativa obliga a realizar controles diarios de rutina para comprobar que los parámetros químicos y sanitarios se mantienen dentro de los límites legales. Los resultados deben anotarse en un registro sanitario obligatorio.
El agua debe renovarse completamente en plazos máximos que han bajado. Por ejemplo: las piscinas descubiertas deben renovar completamente el agua –pasarla por el filtro– cada 4 horas; 3 horas en caso de las cubiertas; 1 hora en los chapoteadores; y 30 minutos en los vasos terapéuticos y de hidromasaje.
Con respecto a la calidad el agua, la normativa obliga a cerrar completamente el agua cuando exista un riesgo sanitario derivado de presencia de heces, vómitos, residuos orgánicos visibles. La piscina no volverá a abrirse hasta que el agua haya recuperado sus valores. Una de las pocas medidas que recaen en los usuarios es la de que los menores de 8 años no pueden quedarse solos en ningún momento. Además, los vasos infantiles deben diseñarse para evitar que los niños puedan pasar por sí mismos a zonas más profundas.
También el aforo máximo queda tasado de la siguiente manera: tiene que haber un bañista por cada 2 metros cuadrados de superficie de agua. Por ejemplo, una piscina de 200 m² puede tener un máximo de 100 bañistas.
Tampoco pueden las piscinas quedarse sin socorrista. El principio general es claro: toda piscina pública debe contar con socorrista durante todo el horario de apertura. El socorrista debe: estar físicamente presente, tener visión completa de los vasos, y permanecer durante todo el horario de funcionamiento. Además, los toboganes y atracciones acuáticas tienen vigilancia reforzada y los profesionales de mantenimiento tienen que contar con una cualificación profesional específica.