pamplona - Navarra va a disponer de una de las leyes de participación ciudadana más punteras del Estado. El Gobierno foral puso ayer en marcha el proyecto de ley de Participación Democrática (por su denominación original), una norma que aspira a desarrollar al máximo el mandato constitucional del “derecho de petición” y que incluye, como novedad, una serie de herramientas (mociones, preguntas, peticiones de información, comisiones de investigación) para que la ciudadanía pueda realizar una labor efectiva de control sobre el Gobierno foral. La ley, que ayer fue aprobada por el Gobierno en su sesión semanal, cuenta con el visto bueno de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos e I-E (se enmarca dentro del acuerdo programático) y recogió también sugerencias a través de un proceso participativo que arrancó en noviembre de 2017. No obstante, ahora se ha remitido al Parlamento, donde continuará su trámite y podrá ser modificada por los grupos vía enmiendas.

La norma establece dos planos bien diferenciados. Por un lado, fija la participación pública a través de procesos deliberativos, presupuestos participativos y consultas. Y en otro plano pone a disposición de la ciudadanía -y esto es una novedad- una serie de recursos para ejercer una labor de control sobre el Gobierno y las entidades locales. De acuerdo a una serie de procedimientos que se explican en la parte inferior de esta página, los ciudadanos podrán reprobar a miembros del Gobierno y de las entidades locales; y solicitar información al Ejecutivo foral; realizar preguntas escritas; promover mociones en el Parlamento; tramitar declaraciones institucionales o poner en marcha comisiones de investigación.

exigencia ciudadana Un planteamiento ambicioso, innovador, que sitúa a Navarra a la cabeza del Estado en participación y que “responde a una demanda creciente entre la ciudadanía, que es poder participar de la toma de decisiones que inciden en el interés público, promoviendo para ello cauces para la participación real en el diseño, la implantación y la evaluación de políticas públicas”, explicó la consejera Ollo. El encargado de canalizar la participación será el departamento de Relaciones Ciudadanas; y se desarrollará un espacio web que centralizará toda la actividad y que también servirá para que la ciudadanía pueda defender sus propuestas y recoger firmas a través de un nuevo sistema electrónico.

La nueva ley. La ley que ayer aprobó el Gobierno y que ahora pasa al Parlamento supera y amplía la participación más allá de las iniciativas legislativas populares (que se mantienen), y además permitirá a la sociedad ejercer un control efectivo sobre el Gobierno foral, una obligación constitucional “desatendida” hasta ahora, a juicio del Ejecutivo.

¿Cómo se inician los procesos participativos? El artículo 9 fija que pueden promover procesos participativos las administraciones y las personas físicas, y que la convocatoria corre a cargo de la Administración. Para iniciar el trámite, diez personas (cinco hombres y cinco mujeres) tienen que solicitar ante la unidad especializada en participación del Gobierno una petición que tendrá que tener el apoyo de 5.000 firmas en seis meses. En el ámbito local, se estipula: 1.500 firmas para municipios de más de 50.000 personas; 120, si el pueblo es de entre 2.000 y 50.000 habitantes; y 15 para concejos durante el mismo tiempo. Llegada esta situación, el Gobierno o el Ayuntamiento convocará en un mes el proceso participativo.

¿Se puede plantear cualquier cosa? Casi. El artículo 12 excluye de la participación los planes que vayan por trámite de urgencia y los que tienen que ver con la seguridad pública.

¿Son vinculantes? El artículo 11 dicta que los resultados de los procesos participativos no son vinculantes, pero que en caso de no ser adoptados la Administración competente tendrá que justificar y publicitar (en la web de Participación) por qué no los acepta.

Procesos deliberativos. Son debates sobre políticas públicas. Con carácter general, se celebran antes de iniciar un proyecto, y tienen como objetivo poder elaborar un informe.

Presupuestos participativos. Se entiende por presupuestos participativos el debate por el que la ciudadanía contribuye a precisar el destino de “ciertas partidas presupuestarias”, tanto en los Presupuestos forales como en el de las entidades locales.

Consultas ciudadanas. Son las más importantes dentro de unas iniciativas entre las que también se cuentan las audiencias públicas, los foros de consulta, los paneles ciudadanos, y los jurados ciudadanos. Las consultas ciudadanas se entienden como un método para conocer la opinión de un determinado sector sobre asuntos de interés público que les afecten. Pueden celebrarse un máximo de tres al año en caso del Gobierno y cinco si se trata de una entidad local. Tienen derecho a voto los mayores de 16, y no se puede repetir una consulta sobre el mismo tema hasta pasados dos años.

A cualquier miembro del Gobierno. Por primera vez, la ciudadanía podrá poner en marcha procesos de reprobación, tanto para miembros del Gobierno como de las entidades locales. En el caso del Ejecutivo, se precisa que un grupo de no menos de diez personas inicien el trámite presentando una petición motivada en el Registro del Parlamento de Navarra. Una vez comprobado que se cumplen todos los requisitos (se detallarán en la web de Participación), la reprobación necesitará recoger un mínimo de 5.000 firmas en tres meses. Llegado ese punto, un grupo parlamentario hará de vehículo de la iniciativa popular, que se debatirá y votará como un proceso ordinario. Lo mismo ocurre en el ámbito local, solo que el proceso puede iniciarlo una única persona y luego necesitará las firmas de acuerdo al baremo para las entidades locales.

Ante la Mesa del Parlamento. La ley incluye, como elemento novedoso, la posibilidad de iniciar desde la sociedad iniciativas de control al Gobierno, como preguntas escritas, peticiones de información, interpelaciones, mociones, declaraciones institucionales y comisiones de investigación. Como con las reprobaciones, un mínimo de diez personas tiene que iniciar el trámite en el Parlamento. Las peticiones de información, las preguntas y las interpelaciones precisan de 2.000 firmas; las mociones y declaraciones, 3.500; y las comisiones de investigación, 15.000. El plazo es de tres meses.

aspectos importantes de la norma