PAMPLONa - Un varón de origen portugués y de 36 años de edad, Santos C., natural de San Sebastián, fue condenado la semana pasada en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra a una pena de siete años de cárcel por un delito de agresión sexual cometido sobre una menor en Navarra en el mes de junio de 2003. La causa es una de las más antiguas que se guardaban sin juzgar en los tribunales navarros. Y ello ha sido posible porque el acusado, que se fugó en 2006, fue interceptado en un control de alcoholemia al que se le sometió en las inmediaciones de París, donde supuestamente ha estado escondido y viviendo en libertad desde entonces. A partir de aquello fue trasladado a Madrid, donde ingresó en prisión provisional ante el riesgo de fugarse de la acción de la Justicia. Una vez acordada la condena, que es firme, el acusado seguirá así cumpliendo la pena en prisión.

Los hechos ahora juzgados y con los que se conformó el acusado sin necesidad de que celebrara la vista oral se remontan al 8 de junio de 2003. El acusado había contactado por internet con la joven, menor de edad, y decidieron quedar en persona para tomar ese día unas consumiciones y salir por la noche. Se acercaron a Pamplona, dieron una vuelta y, de regreso a casa, el acusado apartó el vehículo que conducía en un camino y obligó a la víctima a tener relaciones sexuales. Consiguió su propósito a base de amenazarla con pegarle en caso de no acceder a su propósito e intimidando a la joven con una pequeña navaja. A continuación, el procesado obligó a la joven a bajarse del coche y la dejó en mitad de la nada, en un camino inhóspito en plena noche. La joven denunció los hechos a la Guardia Civil del puesto más cercano de inmediato. En todo momento su relato se consideró plenamente creíble y verosímil. Y así, pese a que han transcurrido 16 años desde aquello, va a quedar establecido en la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia navarra con un relato de hechos probados plenamente coincidente con el de la denuncia que presentó inicialmente. La vista oral se celebró a puerta cerrada y en la misma se estableció una indemnización para la víctima de 3.000 euros.

LA PRESCRIPCIÓN En el momento de ocurrir el delito, en 2003, el Código Penal castigaba la agresión sexual con una pena de entre 6 y 12 años de cárcel. El tiempo de la prescripción del delito correspondiente a aquella época sería de 15 años, a contar desde 2006, cuando la causa se vio paralizada. Por lo tanto, la agresión ahora condenada hubiera prescrito a partir de 2021 y hubiera sido ya entonces imposible de juzgar.

Junio de 2003. Una joven menor de edad denuncia la agresión sexual cometida por el acusado en un coche y con intimidación, al usar una navaja.

2 de noviembre de 2006. La Audiencia declara al procesado en rebeldía al no dar con su paradero sin haberlo juzgado.

2018. Se le para en un control de alcoholemia cerca de París.