Llenó las calles de Pamplona y del Estado de indignación. Desencadenó iniciativas políticas para reformar el Código Penal. Y, sobre todo, dejó a la víctima sin la justicia que reclamaba. Ayer se cumplió un año de la publicación de la polémica sentencia que condenó a 9 de prisión a los cinco miembros de La Manada por un delito de abuso sexual y les absolvió de violación. El tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, con el aun más controvertido voto particular del magistrado Ricardo González que no vio delito alguno, no apreció ni violencia ni intimidación en los hechos ocurridos en la madrugada del 7 de julio de los Sanfermines de 2016, cuando una joven madrileña de 18 años denunció haber sufrido una violación múltiple en un portal por parte de cinco sevillanos: José Ángel Prenda, Jesús Escudero Domínguez, Alfonso Jesús Cabezuelo, Antonio Manuel Guerrero y Ángel Boza Florido.

La decisión judicial, que el presidente José Francisco Cobo Sáenz leyó en una sala de vistas vacía del Palacio de Justicia de Pamplona y que aún espera el pronunciamiento definitivo del Tribunal Supremo, tras la sentencia que dictó en diciembre del año pasado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), que tampoco vio un delito de violación, fue inmediatamente cuestionada tanto en del ámbito judicial como en la esfera política y especialmente entre los colectivos y asociaciones feministas, que convocaron movilizaciones espontáneas en toda España, al grito del ya famoso No es no y Yo sí te creo. Asimismo, a raíz de la sentencia, se puso encima de la mesa una posible reforma del Código Penal para cambiar la tipificación de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Su revisión, impulsada por el anterior Gobierno de Mariano Rajoy, fue encomendada a un grupo de expertos que propuso suprimir el “abuso” para considerar todo “agresión”, una postura que el Ejecutivo socialista de Pedro Sánchez siempre ha defendido, aunque finalmente no ha aprobado y, ante la convocatoria electoral de mañana domingo, se ha quedado en el aire.

Los cinco miembros de La Manada, denominados así por un grupo de WhatsApp que compartían en el que comentaban sus fechorías, fueron condenados el 26 de abril de 2018 a nueve años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales con prevalimiento, con el voto particular de uno de los tres magistrados, que concluyó que debían ser absueltos y que señaló que la joven denunciante y el grupo de hombres practicaron “actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo”.

Sus argumentos fueron entonces muy cuestionados e incluso la Asociación de Mujeres Juristas Themis presentó una denuncia ante la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra el magistrado. Tanto el tono del voto particular como la sentencia por un delito de abuso sexual en vez de agresión, desató la polémica entre las feministas, que tacharon la sentencia de “indignante” y “retrógrada”. “No es abuso, es violación”, reivindicaron en las redes sociales.

La controversia alcanzó su punto álgido con la puesta en libertad de los cinco condenados, el 22 de junio de 2018: 716 días después de abusar de la joven y grabarla durante los Sanfermines de 2016 en un portal, los cinco miembros de La Manada abandonaron las cárceles de Pamplona y Alcalá Meco y pisaron la calle en libertad tras pagar las fianzas de 6.000 euros acordadas por la Audiencia Provincial de Navarra.

El mismo tribunal que los había condenado a 9 años de prisión, y que había venido prorrogando su encarcelamiento durante la instrucción e incluso justo después del juicio, confiaba en que la indeseable fama que precedía a los jóvenes sevillanos fuera un impedimento para que reincidiesen o se fugasen. “Su localización sería una tarea que se nos antoja fácil y al alcance de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sin mayor esfuerzo”, presumieron los magistrados Raquel Fernandino y Ricardo González en el auto de excarcelación, que contó con la discrepancia de José Francisco Cobo Sáenz, partidario de mantenerlos entre rejas.

RATIFICADA POR UN tsjn DIVIDIDO La sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra, que fue recurrida por todas las partes, fue confirmada el 5 de diciembre por la instancia superior, es decir, por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN). En esta ocasión, la sentencia de la Sala de lo Civil y lo Penal contó con el voto particular de dos de los cinco magistrados, Joaquín Galve y Miguel Ángel Abárzuza, que sí apreciaron intimidación y se mostraron partidarios de condenar a los acusados a 14 años y tres meses de prisión por un delito continuado de agresión sexual, en vez de abuso.

A la espera de que el Tribunal Supremo se pronuncie, la Fiscalía del alto tribunal presentó un recurso contra la sentencia emitida por el TSJN, solicitando que se condene a cada uno de los acusados a 18 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual, así como a 10 años de libertad vigilada y a la prohibición de acercarse a la víctima durante 20 años.

26 de abril de 2018. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial condena a 9 años de prisión a José Ángel Prenda, Jesús Escudero Domínguez, Alfonso Jesús Cabezuelo, Antonio Manuel Guerrero y Ángel Boza Florido por un delito de abusos con prevalimiento y les absuelve del delito de agresión sexual al no apreciar intimidación. El magistrado Ricargo González emite un voto particular donde aboga por la absolución.

22 de junio de 2018. Los cinco condenados quedan en libertad al estimar el tribunal juzgador que no existe riesgo de fuga, ni de reiteración delictiva. En este caso el magistrado José Francisco Cobo Sáenz discrepa de los otros dos integrantes del tribunal y considera que los cinco jóvenes deben permanecer en prisión.

5 de diciembre de 2018. La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ratifica la condena de 9 años de prisión por un delito de abusos. La resolución vuelve a contar con las discrepancias de dos de los cinco magistrados que componen la Sala: Joaquín Galve y Miguel Ángel Abárzuza sí aprecian intimidación y son partidarios de condenar a los acusados a 14 años y tres meses de prisión por un delito continuado de agresión sexual.