madrid - Andoni Anseán, el presidente de la Fundación Española para la Prevención del Suicidio y de la Sociedad Española de Suicidología, señala sobre este caso que “estamos muy lejos de ser sensibles al poder de las redes sociales, tan accesibles como peligrosas si son mal utilizadas, y no acabamos de medir la repercusión individual de estas acciones colectivas que, en muchos casos, son también ilegales”.

Raquel Márquez, la abogada encargada del caso desde CCOO, asegura que “el viernes fuimos a buscar a la trabajadora, que en ningún momento dio su consentimiento para que ese vídeo se difundiera, pero ya se había marchado de su puesto debido a un ataque de ansiedad”. La respuesta de Iveco fue que se trataba de “un tema personal”.

La abogada explica que Comisiones Obreras interpondrá una denuncia ante la Inspección de Trabajo con el fin de que este suicidio se considere accidente de trabajo y se tomen medidas laborales y penales contra los responsables: “Esto es contemplado acoso sexual, por lo que hay un incumplimiento de la ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Además, la empresa lo sabía y no hizo nada, ni evaluó el riesgo ni tomó medidas preventivas”.

Lo primero en este caso será aclarar el motivo del envío de ese vídeo. Si como apunta el sindicato hay una persona que acosó a Verónica, el responsable se enfrentará a varios delitos. “Si esta mujer fue sometida a extorsión pidiéndole algo a cambio de no difundir el vídeo, puede ser un delito de amenazas, de chantaje, que ese delito es el que tiene la mayor pena”, apunta el abogado especializado en derecho informático Carlos Sánchez Almeida. Ese delito se castiga con hasta cinco años de cárcel dependiendo de las circunstancias, explica. Pero Sánchez Almeida cree que hay una traba importante para perseguirlo: que no podrá declarar la propia víctima. - D.N.