- La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra condenó el pasado lunes de conformidad por un delito de apropiación indebida a dos años de prisión a un hombre, F.J.U.R., que se apoderó de 95.000 euros de una amiga que depositó en él su confianza para que custodiara el dinero recibido en una herencia. Al procesado, con antecedentes penales ya cancelados, se le apreció en el acuerdo alcanzado entre las partes una atenuante por alteración mental debido al trastorno de personalidad que sufre. Se le condenó igualmente a una multa de 1.080 euros. No tendrá que ingresar en prisión ya que se le suspendió la pena a cambio de que indemnizara a la víctima con la responsabilidad civil que le debe.

Como narraba el escrito de la Fiscalía, que finalmente aceptó el procesado, la víctima había recibido en el año 2014 una elevada cantidad de dinero procedente de la herencia de un familiar. Así, en septiembre de 2014, recibió 605.140,66 euros de la herencia de una tía que había fallecido e ingresó dicho dinero en varias cuenta de la entidad La Caixa de su titularidad. Fue entonces cuando intervino el acusado aprovechando la relación de amistad que tenía con la mujer, a la que ofreció guardar parte de ese dinero en una caja fuerte que disponía en su domicilio. De esta manera convenció a la víctima para que confiara en él y alegó que el dinero estaría más seguro con él que en una cuenta bancaria, dada la situación de crisis económica que atravesaba el país.

Según la acusación, "en la confianza y creencia de que el encausado guardaría su dinero tal y como había prometido en la caja fuerte que tenía en su domicilio y que se lo devolvería cuando ella se lo pidiese, la mujer le entregó entre los años de 2015 a 2017 hasta 51 reintegros de dinero al acusado, de 3.000 euros cada uno de ellos. Le entregaba dichas cantidades periódicamente hasta alcanzar un total de 148.000 euros.

Desde finales del año 2017 y durante 2018 la mujer pidió a su amigo, el procesado, que le devolviera el dinero que le había entregado, pero este le fue esgrimiendo distintas excusas para finalmente realizarle únicamente tres devoluciones de dinero: fueron de 20.000, 33.000 y 1.000 euros cada una de ellas. El acusado, con ánimo de lucro, se apoderó definitivamente del resto del dinero, que ascendió a 95.000 euros y que son los reclamados por la víctima al no haber sido recuperados. Ahora, el procesado debe indemnizar con esta cantidad a la mujer si quiere que se le suspenda la pena de ingreso en prisión tal y como fue fijado en el acuerdo penal que alcanzaron.