- Un estudio de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género subraya la necesidad de garantizar una reparación integral a las víctimas y plantea reformas legales para que el Estado asuma el pago de las indemnizaciones cuando el agresor se declare insolvente. El informe Prácticas de reparación de violencias machistas. Análisis y propuestas fue presentado ayer por su coordinadora, Tania Sordo, acompañada por la delegada del Gobierno, Victoria Rosell, quien descartó de momento la propuesta.

Tras analizar el marco internacional, nacional, autonómico y local, el trabajo identifican buenas prácticas y propone diversas reformas legales para, por ejemplo, fijar unas indemnizaciones mínimas para las víctimas o impedir que en los casos de violencia machista pueda aplicarse la atenuante de reparación económica del daño.

Las expertas plantean también reformar la ley integral contra la violencia de género de 2004 para consagrar el derecho a la reparación integral; contemplar otras violencias machistas, además de las que ejerce la pareja o expareja; y establecer la obligación del Estado de proteger e indemnizar a todas las víctimas, independientemente de su situación administrativa. Proponen así crear un Fondo estatal para la reparación de las víctimas y supervivientes de las violencias machistas, con especial atención a los huérfanos, y recurrir a él cuando el agresor se declare insolvente.

"No estamos en el momento en el que el Estado vaya a declararse responsable subsidiario de las responsabilidades individuales", admitió Rosell, quien recodó no obstante que en la ley de garantía de la libertad sexual sí está prevista la creación de un fondo para reparar a las víctimas de violencia sexual, que se nutrirá de bienes decomisados a proxenetas y a la industria de la explotación sexual. La investigación concluye que deberían ser tratadas como víctimas, con derecho a reparación, los hijos de las víctimas de violencia machista y algunos de sus familiares o seres queridos; pide reforzar los servicios de atención especializada y propone reformas legales para que sus informes sean tomados en cuenta en los juzgados, evitando nuevas evaluaciones o declaraciones de las mujeres.

En este contexto subraya la necesidad de formar en "el derecho a la reparación" a todo el personal de las administraciones públicas que interviene en los casos de maltrato. La reparación debe incluir restitución -el regreso, si es posible, al lugar de residencia y al antiguo empleo, la devolución de bienes, etc-; una indemnización proporcional a la gravedad de cada caso; rehabilitación, tanto física como psicológica; una satisfacción, desde disculpas públicas a homenajes; y garantía de no repetición, con formación, programas y leyes adecuadas. En el caso de España, el informe explica que la reparación económica suele ser la forma más habitual de reparar a las víctimas, cuando sucede, pero señala también ejemplos de buenas prácticas más allá de la jurisprudencia.

Progenitores en prisión. La Fiscalía Especializada en Violencia sobre la Mujer ha comenzado a analizar con la ayuda de Instituciones Penitenciarias cada caso en el que menores visitan en prisión a sus progenitores que son presos preventivos o que han sido condenados por violencia de género. Según avanza eldiario.es y ha podido confirmar Europa Press, en un primer recuento fruto de un oficio que se dirigió a IIPP para conocer la situación real, el Ministerio Público detectó hasta 800 casos en los que menores acuden a centros penitenciarios para estas visitas. Lo que se busca ahora es aplicar la reforma del artículo 94 de la Ley 8/2021, que dice que no procederá el establecimiento de un régimen de visita o estancia, y si existiera se suspenderá, respecto del progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos.