El nombre que figuraba en la resolución sancionadora del Ayuntamiento de Villava por incumplir el estado de alarma decretado como consecuencia de la pandemia sanitaria de la covid-19 difería por completo del suyo. El Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) ha estimado el recurso de una vecina de Villava contra la sanción impuesta por el Consistorio por un error flagrante en la identificación de la persona denunciada y ha anulado la multa de 601 euros.

La resolución del TAN relata que la recurrente fue denunciada el 25 de marzo de 2020 por agentes de la Policía Municipal de Villava por un supuesto incumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto por el que se declaró el estado de alarma. Mediante una resolución de la Alcaldía de fecha 30 de marzo, el Consistorio villavés resolvió incoar expediente sancionador a nombre de un varón, en vez de a nombre de la propia recurrente, el cual le fue notificado el 22 de abril de 2020.

Frente a la apertura del expediente, la mujer representada por el abogado Francisco Javier Moreno-Vidal, presentó un escrito de alegaciones en el que adujo "un error de identidad en la incoación del expediente sancionador por venir referido a persona distinta de la denunciada". A pesar de ello, el Ayuntamiento de Villava resolvió imponerle una multa de 601 euros.

El TAN determina que "el defecto de identificación no permite al acto de inicio del expediente sancionador cumplir correctamente su finalidad, que consiste en dar a conocer a la persona expedientada que se ha iniciado un expediente contra ella con la debida certeza", por lo que estima el recurso y anula la sanción.