El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores recoge que todos los empleados tienen derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año. Lo que equivale a, aproximadamente, 22 días laborables, considerando una semana laboral de lunes a viernes.
Los empleados tienen derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año
Unos números que, tal y como así lo explican los profesionales del Centro de formación de Contrato Formativo, Audiolís, "es el mínimo legal; los convenios colectivos o contratos individuales pueden establecer períodos más largos". En esa misma línea, añaden lo siguiente: "Para los trabajadores que no han completado un año entero en la empresa, las vacaciones se calculan de manera proporcional al tiempo trabajado. La fórmula general es: Días naturales: 30 días naturales / 12 meses = 2,5 días por mes trabajado. Días laborables: 22 días laborables / 12 meses = aproximadamente 1,83 días por mes trabajado.
Un abogado laboralista advierte a quienes vuelvan de vacaciones en septiembre: "Te pueden despedir"
Con más de 95.000 visualizaciones y más de 1.600 me gustas, la publicación del abogado laboralista Juan Manuel Lorente, con nombre de usuario @juanmalorentelaboralista y que cuenta con más de 497.000 seguidores en TikTok, no ha dejado a nadie indiferente. En ella, el experto y creador de contenido habla de la importancia de dejar "prueba de que te vas de vacaciones para evitar sustos con la empresa".
"No te vayas de vacaciones en tu empresa antes de hacer esto. La empresa puede buscar cualquier excusa para despedirte. Una de ellas tiene que ver con las vacaciones. Hay muchas empresas donde no hay un registro por escrito de quien se va de vacaciones y cuánto tiempo se va. Esto es un peligro. Cuando tú estás de vacaciones no apareces por la empresa. Si no hay ninguna prueba de que tú te has ido de vacaciones, cuando llega el tercer día de haber faltado a mi trabajo la empresa te puede despedir con un despido por inasistencia a tu puesto. Claro, como es lógico, tú esos tres días no has fichado, por lo que de cara a un juicio, delante de un juez la empresa puede demostrar lo que pone en la carta de despido sin ningún problema. Este despido es sin indemnización. Lo más probable es que no te pase en tu trabajo, pero por si acaso deja prueba del periodo en el que vas a disfrutar de las vacaciones. No cuesta nada.", explica de manera detallada Juan Manuel Lorente.