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Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: "Si tu empresa no te responde en 15 días, tu conciliación familiar se tiene que aprobar"

La publicación del experto y creador de contenido cuenta con más de 350.000 visualizaciones y más de 6.000 me gustas en Instagram

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: "Si tu empresa no te responde en 15 días, tu conciliación familiar se tiene que aprobar"Freepik

Los expertos de Wolters Kluwer hacen referencia a la conciliación familiarde la siguiente manera: "la participación equilibrada de cualquier persona en la vida familiar y en el mercado de trabajo, y está formada por toda una serie de medidas reconocidas en la legislación laboral que, poco a poco, van ganando peso y contenido".

El equilibrio entre la vida familiar y en el mercado de trabajo

En esa misma línea, desde esta entidad explican que "de un lado, los trabajadores reclaman cada vez en mayor medida una mayor flexibilidad a la hora de estructurar la duración y distribución de sus jornadas de trabajo. De otro, empresarios y departamentos de Recursos Humanos constatan que existen grandes beneficios asociados a ofrecer medidas de conciliación, sin que por ello los resultados empresariales se vean resentidos. Está demostrado que tanto la felicidad del trabajador como la imagen de marca de la empresa y sus resultados pueden mejorar sustancialmente gracias a este 'salario emocional’ que, además, en muchos casos resulta de obligado cumplimiento para el empresario. Entre las medidas que se integran bajo este paraguas podemos encontrar opciones diversas: permisos de nacimiento, excedencias laborales y posibilidad de reducción de jornada, etc.".

Unas medidas que "gracias a ellas no solo mejora la calidad de vida del trabajador, sino que se protege en mayor medida un área tan importante en nuestra sociedad como lo son los cuidados dentro de la familia, tanto hacia hijos como hacia ascendientes y personas dependientes", añaden desde Wolters Kluwer.

"Si tu empresa no te responde en 15 días, tu conciliación familiar se tiene que aprobar", según un abogado laboralista

Con más de 350.000 visualizaciones y más de 6.000 me gustas, la publicación del abogado laboralista Ignacio de la Calzada, con nombre de usuario @un_tio_legal_ y que cuenta con más de 790.000 seguidores en Instagram y más de un millón de seguidores en TikTok, no ha dejado a nadie indiferente. En ella, el experto y creador de contenido habla de la conciliación familiar.

"Si tu empresa no te responde en 15 días, tu conciliación familiar se tiene que aprobar, así lo dice la ley. O lo que es lo mismo, tu empresa debe responder en 15 días o se entenderá aprobada. El artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores regula el derecho de las personas trabajadoras a adaptar la jornada laboral para conciliar la vida familiar y laboral, por ejemplo, por cuidado de hijos, familiares o dependientes. Este artículo no da derecho automáticamente a una reducción de jornada (que está en el art. 37), sino a adaptar la jornada: cambiar horario, teletrabajo, turnos, jornada partida/continua, etc.", comienza explicando el abogado.

Pero el relato del experto y creador de contenido no se queda ahí. "Proceso paso a paso: Solicitud del trabajador/a. La persona presenta una petición por escrito a la empresa detallando que solicita. Periodo de negociación (máximo 15 días). La empresa y el trabajador deben abrir un proceso de negociación de buena fe. La empresa debe valorar la solicitud y puede aceptar, plantear alternativas o denegarmotivadamente. Respuesta de la empresa en 15 días. La respuesta debe ser aceptación de la solicitud, propuesta alternativa o denegación, con razones objetivas que justifiquen la negativa. El silencio positivo, si transcurren 15 días sin respuesta, la solicitud se entiende estimada. Es decir, se considera que la empresa ha aceptado la petición (según la ley). Reclamación judicial (si hay negativa o silencio). El trabajador/a puede presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social en un plazo de 20 días hábiles desde la negativa (o desde que acaba el plazo de 15 días sin respuesta). Este procedimiento es urgente y preferente, y no requiere conciliación administrativa previa. El juez decide si la empresa debe aceptar la adaptación o no. La sentencia no admite recurso", prosigue explicando de manera detallada Ignacio de la Calzada.