El abogado laboralista Juanma Lorente ha explicado una situación que le pasa a mucha gente: te encuentras mal, vas al médico, pero no te dan baja médica. La duda es lógica: ¿puedes quedarte en casa o te la juegas? Lorente lo resume sin rodeos: “técnicamente sí”, puedes faltar, pero no vale con decirlo de palabra. Para que esa ausencia sea legal y no te traiga problemas, necesitas salir de la consulta con un papel concreto. Como él dice, aunque no haya baja, el médico “te tiene que dar un parte médico en el que se especifique que necesitas reposo”. Ese parte es el que justifica que no vayas a trabajar, porque deja constancia de que estás enfermo y de que te han recomendado descansar.
Lorente aclara que ese reposo “como máximo, puede durar 72 horas”. Es el margen habitual que permite faltar sin tramitar una baja como tal, siempre que haya justificante de reposo. Esto suele darse cuando el médico ve que lo tuyo es algo puntual y que en poco tiempo deberías estar bien: un virus leve, fiebre de un día, una gastroenteritis, migraña fuerte o un bajonazo que necesita descanso corto. Con ese parte, esos días no son faltas injustificadas, porque tienes prueba médica.
¿Se cobran esos días?
Lorente lo dice en su vídeo: si faltas con parte de reposo pero sin baja, “no vas a cobrar estos tres días”. Ese documento sirve para justificar tu ausencia, pero no activa ninguna prestación ni te cubre el sueldo. Por eso, en la mayoría de casos, la empresa descuenta esos días de la nómina. No es que sea una sanción, es que legalmente no estás de baja y el contrato sigue funcionando como siempre, solo que te autorizan a no ir por reposo.
Lorente deja claro que “la empresa no te va a poder despedir por esta razón ni sancionarte de ningún modo”. Es decir, no te pueden echar ni abrir un expediente solo porque faltaste esos días, porque están justificados. Otra cosa distinta es que no tengas nada. Ahí sí hay problema, porque como él recuerda, “como no tengas ninguno, son faltas injustificadas”. Si no hay ni baja ni parte de reposo, la empresa puede considerar que no has ido sin motivo válido, y ahí sí puede sancionar.
La baja, siempre mejor
Lorente también dice que “siempre recomiendo que mejor la baja médica antes que el parte de reposo”, porque evita líos. La baja deja claro cuánto tiempo vas a estar fuera, te cubre económicamente según lo que marque la ley y tu convenio, y no obliga a estar pendiente al límite de las 72 horas. El parte de reposo es para algo corto; si ves que estás realmente mal o que no vas a mejorar en dos o tres días, es más seguro pedir la baja desde el principio.
Si te encuentras mal, ve al médico. Si no te dan baja, pide ese justificante que indique reposo. Con eso puedes faltar hasta tres días sin que te puedan decir nada en la empresa, aunque asumiendo que lo normal es no cobrarlos. Y si al tercer día sigues tocado, vuelve y que te hagan baja. Como resume el propio Lorente, si tienes ese parte “no te preocupes que puedes faltar al trabajo y la empresa no te podrá decir nada”.