Navarra contará a finales de año con una ley para crear microcooperativas
Tendrán como mínimo dos socios, ahora la norma permite que se constituyan a partir de tresUna vez registradas, empezarán a operar en 48 horas Los grupos parlamentarios aprueban la iniciativa de ANEL
pamplona - Navarra prevé contar a finales de año con una ley para facilitar la creación de microcooperativas, según se desprendió de la Comisión de Economía celebrada ayer donde todos los grupos parlamentarios apoyaron la propuesta formulada por la Asociación Navarra de Empresas Laborales (ANEL).
A través de esta proposición de ley, se podrán constituir cooperativas con un mínimo de dos socios, que deberán aportar a partes iguales el capital, y que podrán comenzar a trabajar en 48 horas una vez estén registradas, según explicó el gerente de ANEL, Antonio Martínez de Bujanda en su intervención en la Comisión a petición del PSN. Además, estuvo acompañado del presidente de esta asociación, Ignacio Ugalde, y de otros dos miembros del colectivo Juantxo Martínez-Garciriain, de Mapsa, y Ángel Labarta, de Muebles Salcedo.
El documento, que contempla seis artículos y tres disposiciones, recibió la aprobación de los diferentes partidos: UPN, PSN, Bildu, Aralar, PPN, I-E y Geroa Bai. Martínez de Bujanda recordó que esta norma ya está vigente en comunidades autónomas como la CAV y Murcia, en las que se han basado para desarrollar este documento.
“En la asociación habíamos detectado la entrada de proyectos promovidos por dos personas que querían constituirse como empresa de economía social; sin embargo, no podían hacerlo porque la ley de cooperativas establece un mínimo de tres socios. Este ha sido el motivo principal por el que hemos promovido esta propuesta para dar cobertura legal a estos emprendedores”, detalló Martínez de Bujanda. La mayoría de estas iniciativas se sitúan en el sector servicios, remarcó el gerente de ANEL.
Durante su exposición en la Comisión de Economía, Martínez de Bujanda recalcó que esta proposición de ley permitirá la fundación de microcooperativas de entre un mínimo de dos y un máximo de diez socios, que puedan estar o bien a jornada completa o parcial. Se admite esta última opción para poder “adaptar el negocio a la realidad actual del mercado”, indicó.
El documento también propone que en el plazo de los primeros siete años, este tipo de cooperativas pueda contratar a un máximo de cinco trabajadores por cuenta ajena con independencia del número de socios cooperativistas “para así poder consolidar la actividad”, remarcó.
El documento abre la posibilidad de que cooperativas de entre tres o diez socios ya constituidas en los últimos años puedan amoldar sus estatutos a esta nueva modalidad. ANEL propuso la aprobación de esta normativa como una ley independiente a la de cooperativas para “que sea específica y ágil”, resaltó Ugalde.
reacciones de los partidos Samuel Caro, del PSN, apoyó el texto y manifestó su compromiso de presentar esta proposición de ley y de aprobarla “por lectura única si fuera necesario, para que a finales de año estuviera aceptada”. Coro Gainza, de UPN, también respaldó el documento de ANEL. Desde Bildu, Bikendi Barea se mostró a favor del texto pero planteó la posibilidad “de que este documento complete la ley de cooperativas”. “¿Por qué no se modifica esta última?”, preguntó. Desde Aralar, Juan Carlos Longás recalcó que “la propuesta de ANEL era válida para trabajar”, y todavía más “porque esta asociación busca agilizar los procedimientos burocráticos y no solicitan exenciones fiscales”. Ana Beltrán, del PPN, apoyó “este modelo empresarial” como José Miguel Nuin, de I-E, pero este reiteró que “podía tramitarse por el procedimiento ordinario de dos meses para que en ese periodo, se pueda debatir el documento y mejorarlo con enmiendas”. Desde Geroa Bai, Manu Ayerdi se posicionó a favor de la iniciativa, con el “objetivo de sacarla adelante antes de final de año”.
Artículo 1. Hace referencia a la definición de este tipo de cooperativas: está compuesta por socios trabajadores de duración indefinida de entre un mínimo de dos y un máximo de diez, que puedan estar tanto a jornada completa como a parcial en esta empresa de economía social.
Artículo 2. Habla sobre la constitución de las microcooperativas. Registro mediante escritura pública en el Registro de Cooperativas de Navarra, con unos estatutos tipo. Se busca simplificar los procesos burocráticos. Todavía no se ha decidido cómo se denominarán legalmente estas empresas de economía social: asociación cooperativa micro, microcooperativa...
Artículo 3. Durante los primeros siete años, se permite que estas cooperativas tengan un máximo de cinco trabajadores por cuenta ajena.
Artículo 4. Aportación de capital obligatorio a partes iguales de los socios.
Artículo 5. Constitución de los órganos internos, cargos y funcionamiento.
Artículo 6. Posibilidad de que determinadas cooperativas creadas hace varios años adecuen sus estatutos al modelo micro.
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