Pamplona/Madrid. Los convenios especiales suscritos en Navarra por cuidadores no profesionales con la Seguridad Social se han incrementado un 210 % desde que el pasado 1 de abril la Administración General del Estado se hizo cargo de sus cotizaciones.

En la Comunidad Foral el número de convenios especiales de los cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia asciende a 434, en su mayoría, mujeres.

En marzo de 2019, cuando aún eran los propios cuidadores los que asumían el coste de las cotizaciones, había en alta 140 convenios especiales de estas características suscritos con la Seguridad Social.

A nivel nacional los convenios especiales suscritos por cuidadores no profesionales con la Seguridad Social se han más que triplicado (361,63 %).

En un comunicado, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha informado de que ya son 26.414 personas -en su mayoría mujeres- las que cuentan con este convenio especial, respecto a las 7.304 que había el pasado mes de marzo.

Con este convenio, estos cuidadores pueden contabilizar en su vida laboral -y generar derecho a prestaciones como jubilación o incapacidad permanente- los años dedicados al cuidado de sus familiares dependientes.

Esta medida estaba recogida en el real decreto de igualdad laboral, del 1 de marzo, con el que se recuperó en su integridad el convenio especial ya previsto en un real decreto de 2007, que fue modificado posteriormente en 2012, pasando a ser obligados los propios cuidadores a asumir el coste de sus cotizaciones.

Así, de los 179.829 cuidadores no profesionales que tenían suscrito un convenio especial de estas características en julio de 2012, apenas quedaban 7.300 en marzo de 2019.

El Ministerio recuerda que los cuidadores no profesionales cuya persona dependiente tenía reconocida la prestación económica con anterioridad al 1 de abril tienen 90 días naturales para solicitar el convenio y que sus efectos se extiendan desde esa fecha, ya que, si lo suscriben después del 1 de julio, el convenio tendrá efectos a partir de la fecha de suscripción.

Este convenio especial está dirigido a las personas designadas como cuidadoras no profesionales en el Programa Individual de Atención, elaborado por los Servicios Sociales correspondientes al municipio de residencia de la persona que lo solicita.

Para suscribirlo es necesario que el cuidador no esté dada de alta en la Seguridad Social en ningún régimen a tiempo completo ni en el desempleo, en tanto que la persona que recibe los cuidados tiene que tener reconocida la prestación económica de dependencia para dar opción a su cuidador a suscribir el convenio especial.

La Seguridad Social asume la totalidad de la cuota equivalente al tope mínimo del régimen general, aunque el cuidador puede optar por una base de cotización superior asumiendo la diferencia con la que supere la base mínima.

La baja en el convenio especial se dará cuando el titular del convenio deje de prestar los servicios como cuidador, cumpla los 65 años o pase a ser titular de una pensión de jubilación, incapacidad permanente, viudedad o a favor de familiares, o cuando fallezca la persona asistida o ésta deje de percibir la prestación económica.