El Tribunal Supremo ha denegado a los antiguos dueños de Talgo, que han denunciado el veto del Gobierno a la opa lanzada por el grupo húngaro Ganz Magyar, acceso a los documentos considerados reservados que conciernen a la operación, si bien accede a que consulten el expediente.
En un auto fechado el pasado 26 de marzo al que ha tenido acceso Efe, la sala de lo contencioso ratifica lo expuesto en otro documento del 10 de febrero, y reitera que el derecho a la tutela judicial efectiva y el principio de igualdad de armas entre las partes "se menoscabarían de impedírsele el acceso a unos documentos del expediente administrativo en los mismos términos y condiciones que las otras partes procesales".
Opa húngara
En agosto de 2024, el Gobierno vetó la entrada del grupo húngaro Ganz Mavag (Magyar Vagon) en Talgo, sobre el que había lanzado una opa para controlar el 100 % de su capital por 620 millones de euros, porque considera que hay intereses estratégicos y razones de seguridad nacional "insalvables".
La operación contó desde el principio con la oposición frontal del Gobierno, que no veía con buenos ojos las estrechas relaciones entre algunos de los máximos ejecutivos ligados a Ganz/Magyar y el ejecutivo del primer ministro húngaro, el nacionalista Viktor Orbán.
Posteriormente, el consorcio encabezado por Jainaga, presidente de Sidenor, y del que son miembros también BBK, Vital y Finkatuz, se hizo con el 27,4 % de las acciones que tenía la sociedad instrumental Pegaso (el fondo Trilantic y parte de los Oriol, la familia fundadora del fabricante de trenes).
Pegaso presentó en el Supremo un recurso contra el veto del consejo de ministros, y en febrero de este año pidió acceso a todo el expediente para poder elaborar un informe pericial.
El Supremo explica que en la demanda de Pegaso se mencionan algunos documentos cuyo acceso ha sido limitado, "lo que conduce a que sea conveniente atribuir carácter reservado a la demanda, en lo que está conforme el Abogado del Estado", aunque ello no implica que las partes no tengan acceso íntegro a la demanda y a los documentos que la acompañan.
Sin perjuicio de que el dictamen pericial pueda ser elaborado con los datos que obren en poder de la parte demandante, aclara el Supremo, dicha prueba pericial todavía no ha sido admitida, por lo que deniega el acceso al expediente que contiene "documentos reservados".