El estadio Cívitas Metropolitano se expone al cierre parcial del fondo sur por el lanzamiento de objetos que obligó a la suspensión del derbi entre el Atlético de Madrid y el Real Madrid durante 20 minutos, según sea la interpretación de los hechos por el Comité de Disciplina de la Real Federación Española de Fútbol.

En su acta, Mateo Busquets Ferrer, el árbitro del partido, recogió que “en el minuto 64 desde el fondo sur bajo, se lanzaron varios objetos sobre la zona donde se encontraba el portero visitante (Thibaut Courtois), sin que ninguno de ellos llegara a impactarle”. “Entre estos se pudieron identificar tres mecheros y una botella de agua. Ante este hecho, se activa el protocolo de lanzamiento de objetos requiriendo al delegado de campo para que se proceda a comunicar por los altavoces del estadio el mensaje a fin de que cesen dichos lanzamientos”, recogió en el acta, que añade que en el minuto 67 “ante la continua repetición de lanzamiento de objetos, se procede a suspender temporalmente el partido, que se reanuda sin nuevos incidentes”. El artículo 15 del Código Disciplinario de la RFEF especifica la “responsabilidad de los clubes” en este tipo de hechos.

“Cuando con ocasión de un partido se altere el orden, se menoscabe o ponga en peligro la integridad física de los árbitros/as, jugadores/as, técnicos/as o personas en general, se causen daños materiales o lesiones, se produzca invasión del terreno de juego, se exhiban símbolos o se profieran cánticos o insultos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes, o se perturbe notoriamente el normal desarrollo del encuentro, incurrirá en responsabilidad el club organizador del mismo, salvo que acredite el cumplimiento diligente de sus obligaciones y la adopción de las medidas de prevención exigidas por la legislación deportiva para evitar tales hechos o mitigar su gravedad”, explica, que detalla cuestiones como que se produzcan o no lesiones, o existencia o ausencia de antecedentes.

El artículo 107 del mismo, referente a la “alteración del orden del encuentro de carácter grave”, recoge: “Cuando con ocasión de un partido se originen hechos como los que define el artículo 15 del presente ordenamiento, y se califiquen por el/la juzgado/a como graves según las reglas que prevé el invocado precepto en su apartado 2, y se trate de la primera vez en la temporada, el club responsable será sancionado con multa en cuantía de hasta 6.000 euros y clausura parcial de las instalaciones deportivas por un partido, apercibiéndole con la clausura total de sus instalaciones deportivas en caso de reincidencia”.

“La sanción de clausura parcial del recinto deportivo, se cumplirá celebrando el partido o partidos a que afecte la sanción, cerrando al público la zona (sector, etc.) del recinto deportivo que el órgano disciplinario determine. En este sentido, el club sancionado con el cierre parcial de una zona debidamente acotada y determinada no podrá reubicar a los espectadores que ocupen dichas zonas con carácter habitual”, expone en su artículo 57.

PRIMERAS CONSECUENCIAS

Expulsada la persona identificada

El Atlético de Madrid anunció ayer su decisión de “expulsar de forma permanente” del estadio Cívitas Metropolitano a la persona identificada este domingo por la Policía implicada en el lanzamiento de objetos al portero Thibaut Courtois durante el derbi ante el Real Madrid. El departamento de seguridad del club rojiblanco “sigue trabajando con la Policía en la identificación del resto de implicados en el lanzamiento de objetos, a los que se expulsará de manera permanente en cuanto sean localizados”, según explicaron fuentes de la entidad madrileña.