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Lotería de Navidad 2025: estos son los premios que están exentos de tributar por el IRPF

Además de 'El Gordo, en este sorteo también están en juego premios secundarios, como el segundo y tercer premio, los dos cuartos premios, los ocho quintos premios, y otros premios menores y reintegros

Lotería de Navidad 2025: estos son los premios que están exentos de tributar por el IRPFEP

El Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad se celebra cada 22 de diciembre desde 1812 y reúne a millones de personas que sueñan con hacerse con el premio más grande del sorteo, 'El Gordo'.

'El Gordo', el premio soñado

Y es que a pasar de que el sorteo distribuye millones de euros en premios, el famoso 'Gordo', el primer premio, es el más deseado. La ceremonia, que tiene lugar en el Teatro Real de Madrid, es conocida por la participación de los niños de San Ildefonso, quienes cantan los números y premios, dando un toque especial y tradicional al evento. Un sorteo que es transmitido en directo por televisión y radio y que es seguido por millones de personas en todo el país.

La estructura del sorteo se basa en un sistema de dos bombos: uno contiene las 100.000 bolas numeradas del 00000 al 99999, y el otro alberga los premios, incluidos el famoso 'Gordo'. Además del primer premio, hay premios secundarios, como el segundo y tercer premio, los dos cuartos premios, los ocho quintos premios, y otros premios menores y reintegros, que permiten recuperar la inversión.

Los premios que están exentos de tributar por el IRPF

Desde el Ministerio de Hacienda se afirma lo siguiente: "Premios de determinadas loterías y apuestas: gravamen y cuantía exenta (disposición adicional trigésima tercera y disposición adicional trigésimo quinta Ley de IRPF) No se integran en la base imponible del IRPF, pero si están sujetos a dicho impuesto mediante un gravamen especial los siguientes premios: Los premios obtenidos de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado ypor los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas. Los premios obtenidos de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española. Los premios obtenidos de las modalidades de juego autorizadas por la ONCE. Los premios organizados por organismos públicos o entidades que ejerzan actividades de carácter social o asistencial sin ánimo de lucro establecidos en otros estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y persigan objetivos idénticos a los de los organismos o entidades antes señalados".

En esa misma línea, relatan que "los premios sometidos a este gravamen siempre que la cuantía del décimo, fracción o cupón de lotería, o de la apuesta efectuada sea de al menos 0,50 euros estarán exentos cuando su importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros. Si la cuantía del décimo, fracción o cupón fuera inferior a 0,50 euros la cuantía exenta se reducirá proporcionalmente. El resto de premios (distintos de los enumerados) se consideran ganancias patrimoniales e integrarán la base imponible general del IRPF".

O lo que es lo mismo, se declararán a Hacienda el primer premio (400.000 por décimo o 20.000 por euro jugado), el segundo (125.000 por décimo o 6.250 por euro jugado), y el tercero, de 500.000 euros por serie (50.000 por décimo o 2.500 por euro jugado).