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Un año de prisión para Eufemiano

no irá a la cárcel, al igual que labarta (con 4 meses) y las bolsas de sangre se destruirán Siete años después del inicio del caso, la sentencia absuelve a Manolo Saiz, Vicente Belda y a la doctora Yolanda Fuentes

Un año de prisión para EufemianoEFE

madrid. La jueza de la Operación Puerto, el mayor caso de dopaje juzgado en España, condenó ayer a un año de prisión al médico Eufemiano Fuentes y a cuatro meses al preparador físico José Ignacio Labarta, pero no accedió a entregar las bolsas de sangre intervenidas por las autoridades deportivas.

La sentencia, que absuelve a los otros tres procesados, los exdirectores Manolo Saiz y Vicente Belda y la doctora Yolanda Fuentes, solo dejó conformes a los propios acusados, mientras que contrariaron a quienes pedían una "sanción ejemplar". Siete años de proceso y dos meses de juicio concluyeron que Eufemiano Fuentes es el autor directo y Labarta cómplice de un delito contra la salud pública. Al primero se le inhabilita 4 años como médico deportivo; al segundo, cuatro meses, y se les imponen multas de 4.500 y 1.800 euros, respectivamente. No hubo castigo ejemplar que limpiara la imagen del deporte español en plena pelea por la candidatura olímpica de Madrid 2020, como pedían las acusaciones; tampoco respuesta al eje central del entramado del dopaje organizado que destapó la Operación Puerto: la entrega de las bolsas de sangre que hubiera descifrado los nombres de todos los implicados como clientes de Eufemiano Fuentes.

La juez rechazó la pretensión de las acusaciones ejercidas por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), la Unión Ciclista Internacional (UCI), el Comité Olímpico Italiano (CONI) y la Federación Española de Ciclismo de que les fueran entregadas las bolsas de sangre en poder del laboratorio antidopaje de Barcelona, cuyo número "no cuadra" con las supuestamente intervenidas por la Guardia Civil. En la resolución, de 361 folios, la magistrada aludió al respeto a los derechos fundamentales de los deportistas reconocidos en la Constitución para justificar su decisión y ordena que las muestras y el material informático aprehendido en la operación, desarrollada en 2006 por la Guardia Civil, se destruyan cuando la sentencia sea firme y presente.

sin 'cuerpo del delito' Con la eliminación del "cuerpo del delito", una vez haya sentencia firme, concluirá el mayor juicio por dopaje de la historia del deporte, tal vez con un resultado que inicie otro debate sobre el nivel de dureza empleada por la justicia con esta lacra.

Santamaría consideró probado que las extracciones y reinfusiones de sangre practicadas por Eufemiano Fuentes suponían "un importante peligro para la salud del ciclista" y señala que el médico canario realizaba sus prácticas "sin cumplimiento de las exigencias previstas en la normativa sanitaria en materia de transfusiones y autotransfusiones, vigente en aquél momento". También reflejó en la sentencia que la sangre, bien se trate de sangre completa, plasma, concentrados de hematíes o bien se trate de hemoderivados, cabe bajo el concepto de "medicamento", despejando otra de las incógnitas más esperadas por la opinión pública.

"No estoy de acuerdo con la sentencia y estudiaré un posible recurso", dijo a los medios de comunicación el abogado de Eufemiano Fuentes, Tomás Valdivielso, que señaló respecto a esta última cuestión que "la única opción es acatar lo que dice la ley: si la sangre es un medicamento se ha equivocado en la aplicación de la ley". Mientras tanto, las acusaciones han mostrado una unánime disconformidad. El exciclista Jesús Manzano habló de "una equivocación de la jueza para emitir tal fallo", e indicó que la imagen del país quedó afectada en vísperas de conocer si Madrid organiza o no los Juegos Olímpicos de 2020.

El excorredor no percibirá los 180.000 euros que solicitó su abogado por haber sido víctima de prácticas que pusieron en peligro su vida. La razón de la juez fue que se ofreció "voluntariamente" a las mismas y que no ha acreditado los daños o secuelas padecidos. La Federación Española de Ciclismo afirmó que "respeta y acata" la sentencia, aunque "no puede mostrarse satisfecha ya que no se ha atendido la petición de entrega de las bolsas de sangre intervenidas ".