LANA, como otras tierras navarras fronterizas, posee privilegio de hidalguía colectiva. Parece datar éste del siglo XVII, aunque tenga escudo y privilegios anteriores. Sus casas ostentaron, pues, un blasón común. Pero lo curioso es que así como los de Roncal y Baztán hacen referencia a actos llevados a cabo por sus habitantes en tiempo de las luchas contra el islam, el escudo del valle estellés es reproducción, más o menos esquemática, de una de las lápidas romanas que se hallaban en la ermita de San Sebastián de Gastiain.

A Nicasio Landa, cuyo abuelo paterno (Isidro Landa y de Miguel) era natural del valle, debemos una "Descripción de las Lápidas Romanas que existen en la hermita (sic) de San Sebastián del lugar de Gastiain?" Este renombrado médico se trasladó al citado pueblo en 1868 y, en compañía de su alcalde y del abad (Eusebio Barcos) visitó el santuario situado "en una colina que dista como un cuarto de hora". Tras comentar diversas piedras labradas, el pamplonés anota: "La lápida de menos tamaño colocada sobre la ojiva de la puerta viene a descifrar el enigma que presenta la leyenda que llevan en sus armas los originarios de Lana".

Entre los apellidos en las casas que en la ejecutoria colectiva de 1774 se consideraban más antiguos, hay vascos (Andia, Basterra, Eralde, Gabiria, Ulibarri?), patronímicos (Álvarez, Díaz, Remírez?), también frecuentes (De Miguel o De la Calle), y otros más raros (Cooparacio). Diversas personas originarias del valle probaron hidalguía en localidades cercanas: Fernández, Mansoa y Mendaza (en Legaria), Fernández (en Aranarache), Lánder (en Nazar), etc. Todos ostentan un escudo de armas con cuatro fajas, coronada, la primera de ellas, con tres semicírculos y en punta un creciente ranversado, acompañado de dos óvalos pequeños, en figura de moneda.

Si hacemos una visita exhaustiva por nuestras villas y pueblos podemos observar diversas piedras armeras con el citado blasón. Así, por ejemplo y sin que la relación sea completa en Galbarra, Legaria, Nazar, Narcué, Ulibarri? Y otros muchos que han desaparecido por el transcurso del tiempo o fueron hechos picar por no corresponder al nuevo propietario e incluso debido a la desidia de sus moradores.

Parece oportuno señalar que el procedimiento que se seguía en los tribunales para tramitar las causas de hidalguía, presentaba una diferencia con respecto al de otros territorios peninsulares. Y ello consistía en que así como en estos se litigaban a petición de parte, en el viejo reino el proceso se iniciaba como asunto criminal, mediante denuncia del fiscal contra aquel que, alegando pertenecerle como propio, fijaba un escudo en la fachada de su casa. Dado los privilegios y exenciones que a la sazón conllevaba la hidalguía, si se reconocía a alguien indebidamente se ocasionaba cierto perjuicio al resto de los vecinos, sobre quienes recaían las cargas de las personas exentas. Por eso se notificaba a los concejos cuando alguien iniciaba un expediente de esta clase -muy frecuentes en la segunda mitad del siglo XVIII-, para que formulara las alegaciones que estimasen oportunas? Pero, esa sí, es otra historia.