Geroa Bai Baztan muestra su desacuerdo con el pago de los gastos jurídicos de la ex-alcaldesa Garbiñe Elizegi por parte del Ayuntamiento derivados del pleito con Palacio de Arozteguía.

En el pleno ordinario celebrado el pasado 25 de junio en el consistorio se debatió y votó que el Ayuntamiento de Baztan se haga cargo de los gastos ocasionados en el juicio mantenido entre la ex alcaldesa Garbiñe Elizegi y Palacio de Arozteguía por las declaraciones de la primera edil en varias ruedas de prensa en las que calificaba el proyecto como “pelotazo urbanístico”.

En una primera instancia se presentó a los concejales facturas por valor de unos 15.000 € aproximadamente y en una segunda de unos 8.000 €, correspondientes a los gastos ocasionados en el juicio, aunque se dejó en manos de la intervención del Ayuntamiento determinar la cuantía exacta, siendo aprobado este pago con los votos favorables de EH Bildu y Baztango Ezkerra.

En el proceso judicial, la primera sentencia fue favorable a Palacio de Arozteguía sin mención de costas. Tras el recurso, es Garbiñe Elizegi quien obtiene el fallo favorable al entender el juez que está en su derecho de libertad de expresión, debiendo de pagar cada uno su parte de las costas. En un segundo recurso por parte de Palacio de Arozteguía al Tribunal Supremo, vuelve a ganar Garbiñe Elizegi y la promotora es condenada al pago de las costas.

Geroa Bai ha mostrado su desacuerdo con que el Ayuntamiento de Baztan se haga cargo de los gastos de este pleito y no compartimos la justificación de que haga frente a los gastos por ser en aquel momento Garbiñe Elizegi alcaldesa del valle, por los motivos siguientes:

- El informe del secretario del ayuntamiento especifica que “en sentencia del Tribunal Supremo de 04/02/2002”, para que los gastos de representación y defensa sean indemnizables, debe cumplirse “que hayan sido motivados por una inculpación que tenga su origen o causa directa en la intervención del miembro de la corporación en una actuación administrativa o de otra índole realizada en el cumplimiento de sus funciones”. Por lo que entendemos que las declaraciones vertidas no son propias de actuaciones administrativas, sino de libertad de expresión como recoge la sentencia.

- Asimismo, el informe aclara “que dicha intervención no haya sido llevada a cabo con abuso, exceso, desviación de poder o en convergencia con intereses particulares propios de los interesados o del grupo político…” Cuando la propia sentencia reconoce un exceso en las propias declaraciones de Garbiñe Elizegi.

- Tanto en la primera demanda como en su recurso, el juez no hace mención a las costas, por lo que cada cual debe asumir la suya, y en la última es Palacio de Arozteguía quien debe hacer frente a las costas.

- No se aportan los justificantes de pago, solo las facturas, cuando en la administración al resto de ciudadanos y ciudadanas solo se les admiten los justificantes de pago.

Por todo ello, Geroa Bai entiende que las declaraciones de Garbiñe Elizegi no responden a una actuación administrativa como alcaldesa, sino que son actos derivados del derecho a la libertad de expresión personal que tiene cualquier ciudadano o ciudadana, con independencia de que ocupe, o no, un cargo público.