El Tribunal Administrativo de Navarra rechazó un recurso de la concejala Nuria Esparza contra el Ayuntamiento de Yerri que el pasado mayo de 2022 modificó su plantilla orgánica para crear un puesto municipal de animador sociocultural.

Por un lado, el tribunal niega el argumento de la demandante sobre un supuesto incumplimiento del plazo en la convocatoria con lo que el grupo en la oposición no tuviera tiempo de para tomar una decisión. También descarta la alegación presentada sobre la tasa de reposición del puesto de la que el tribunal aseguró que no se presentaron fundamentos de derecho. Otras de las alegaciones fueron la improcedencia de contratación de un nivel C para el puesto, considerando que era procedente la asignación de un nivel B , además de la valoración del euskera para la plaza como mérito, lo que para los magistrados se realizó con una valoración “proporcionada y adecuada al puesto de trabajo de animador sociocultural, con consideración de sus características, funciones a desarrollar y realidad sociolingüística a atender en este puesto de trabajo”.

La alcaldesa de Yerri, Marta Mendaza, que encabeza la lista del grupo Irantzu, mostró su satisfacción por el fallo del tribunal administrativo, y se refirió al grupo en la oposición (IPY) que pretendía que “este puesto lo ocupase una empresa privada”. “Hemos ganado este pulso porque estábamos seguros de que este puesto era necesario para el ayuntamiento de Yerri y actuamos en consecuencia”, finalizó la alcaldesa del grupo Irantzu.