PAMPLONA. La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pamplona ha respaldado en su sesión de este martes el informe del instructor del expediente de depuración de responsabilidades en torno a la pasarela del Labrit, "informe que desestima una prórroga del periodo de alegaciones y propone además denegar la realización de una prueba de carga".

El Ayuntamiento ha señalado que este informe, apoyado también por otro de los servicios jurídicos, argumenta para rechazar una prórroga que se ha concedido ya más del plazo máximo legalmente previsto en el periodo de audiencia y, respecto a la prueba de carga, defiende que ni se solicitó en el momento procedente del expediente ni es aconsejable teniendo en cuenta el contenido de los informes técnicos externos.

Al respecto, el informe del instructor recuerda, citando el trabajo de INTEMAC, que "estas pruebas no sirven para valorar el comportamiento de estructuras que puedan sufrir roturas frágiles o problemas de fatiga o evidentemente procesos de deterioro graduales (podría ocurrir que en una fecha concreta superaran dicha prueba y seis meses después no la superaran) y desde luego nunca se realizan sobre estructuras donde se ha justificado una situación de inseguridad como es el caso de la pasarela del Labrit".

En virtud de estos informes, la Junta de Gobierno ha respaldado que el trámite de audiencia en este procedimiento de depuración de responsabilidades finalice el próximo 12 de abril.

Este expediente fue abierto formalmente por acuerdo de la Junta de Gobierno el pasado 26 de febrero y la ampliación de plazo había sido solicitada por los arquitectos que diseñaron y que llevaron a cabo la dirección de obras (Boreas Nuevas Tecnologías S.L., Óscar Pérez Silanes, Carlos Pereda Iglesias e Ignacio Olite Lumbreras) y por MAPFRE, entidad que también había pedido la prueba de carga, ha detallado el Consistorio.

EL DOBLE DEL PLAZO MÁXIMO ESTABLECIDO.

El informe del instructor explica que el plazo dado por el Ayuntamiento de Pamplona para este periodo de audiencia (en el que las partes podían presentar alegaciones) "casi ha doblado los 15 días hábiles máximos legalmente establecidos ya que un error administrativo en la primera notificación obligó, prácticamente dos semanas después de cursada, a emitir una nueva con el plazo íntegro".

En los informes municipales se recuerda que "el tiempo que los interesados han tenido para analizar la documentación del expediente y presentar las alegaciones no se ha limitado al máximo legal de 15 días sino que, entre la información que se ha ido facilitando a las partes y la necesidad de practicar la nueva notificación abriendo un nuevo periodo de alegaciones, el plazo efectivo ha sido ampliamente superior al previsto legalmente, incluso a la previsión legal de ampliación de plazo que limita a un máximo de la mitad del plazo otorgado cuando, en este caso, se ha duplicado".

Asimismo, se señala que desde que se produjeron los "primeros síntomas de descuelgue de las placas" de la pasarela "se ha entregado, en cuanto se ha tenido en poder de este Ayuntamiento, toda aquella información que se ha podido generar en relación al asunto; esto es, que con anterioridad al trámite de audiencia, los interesados han tenido ocasión de acceder a toda la documentación del expediente desde el mismo momento de su incoación y a medida que se ha ido incorporándolo". "Las partes disponen de los nuevos informes elaborados por IDEAM desde el 11 de octubre de 2018 y 13 de febrero de 2019 y de los informes finales elaborados por los técnicos municipales y por el instructor del expediente antes del 11 de marzo".

INFORMES DE INTEMAC Y DE IDEAM.

Respecto a la petición de una prueba de carga, respaldada por la aseguradora de una de las partes personadas en el expediente, el Ayuntamiento indicad que "las conclusiones del informe son claras en el sentido de desestimarla haciendo referencia a los informes y notas técnicas recabadas por las consultoras contratadas por el Ayuntamiento que defienden que este tipo de pruebas nunca se realizan sobre estructuras donde se ha justificado una situación de inseguridad". El informe recuerda que esta situación de inseguridad fue inicialmente expuesta por INTEMAC (2016) y refrendada posteriormente también en el informe elaborado por IDEAM (2019).

Asimismo, ha continuado el Ayuntamiento, los informes municipales también señalan que la petición para practicar esta prueba es extemporánea ya que no puede realizarse en el momento actual, durante el trámite de audiencia a los interesados con la instrucción del expediente ya finalizada, sino que debería haberse solicitado en fases anteriores.

"Se indica, por ejemplo, que en la fase probatoria sólo se planteó y admitió la práctica de una prueba consistente en la emisión de un informe técnico cualificado que analizara el estado de la pasarela. Esta prueba se practicó y se emitieron los informes técnicos y del instructor dando por finalizada la instrucción del expediente", ha concluido.