PAMPLONA - La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Pamplona acordó ayer "desistir" del recurso de casación ante el Tribunal Supremo (2018) heredado del anterior gobierno municipal en defensa de los cambios en las escuelas infantiles. Era de hecho la última vía que le quedaba al cuatripartito para defender la nueva reestructuración lingüística -aprobada en la anterior legislatura para el curso 2016/2017- con el objetivo de mejorar la oferta en euskera. Un contencioso que se acelera a partir de diciembre del año pasado cuando la Sección Especial de Casación Autonómica del TSJN inadmite el recurso formulado contra el fallo principal (hubo dos sentencias en 2017 que invalidaron los cambios lingüísticos). Era uno de los dos recursos en casación del gobierno de Asiron contra el fallo de la Sala de lo Contencioso: uno ante el mismo TSJN (quedó sin recorrido) y otro ante el Supremo. Es precisamente este segundo -estatal- del que ahora se retira Navarra Suma a través de la Junta de Gobierno, es decir, sin pasar por el Pleno. Se adjuntan dos informes, uno del letrado de Hacienda y otro del secretario técnico del área de Educación. En el primero se recuerda que las familias recurrentes podrían solicitar al Contencioso medidas "en garantía de la efectividad de la sentencia antes de que sea firme". Y se ve revelante el hecho de que no se haya aprobado todavía la oferta de plazas para el curso 2020/2021. Y podría ocurrir que la admisión, matrícula e inicio del curso (como ya se planteó en el Auto 113/2019) quedaran "paralizados" cuando no es "descartable en absoluto" que el recurso de casación estatal sea "inadmitido". Dicho recurso podría tardar en resolverse entre tres y cinco meses. El TSJN ya determinó la revocación de los acuerdos de junta de gobierno, y ante el Supremo quedaba por dilucidar si éstos eran nulos o anulables, ya que en este último caso "permitiría la convalidación por Educación del Gobierno". En el segundo informe "no se considera probable" que se estime en casación por dos motivos: el Ayuntamiento no consigue fundamentar que "la doctrina de la sentencia recurrida resulta gravemente dañosa para los intereses generales", y, por otro lado, los efectos sobre "gran número de situaciones a que se refiere el recurso no son tales, pues se trata de los propios de la ejecución de la sentencia dictada". Maya defendió ayer la decisión en base a ambos informes y para evitar "perder otro curso". - D.N.