El Congreso de los Diputados fue ayer escenario de otra bronca monumental que sepulta en crispación la necesaria función de establecer un terreno de juego garantista y jurídicamente estable para proteger a las víctimas de la violencia sexual. Si, durante las últimas semanas, el debate sobre la ley de garantía integral de la libertad sexual se había caracterizado por una estrategia de descrédito, falta de respeto e insulto impresentables desde la derecha española, la ministra Irene Montero cayó ayer en el error de situarse en el mismo nivel de desprestigio al acusar a la bancada opuesta de promover “la cultura de la violación”. Se trata de desterrar el populismo y la manipulación del debate y no de homologar el ajeno con el propio. Y, sobre todo, de encarar un problema real que no ha sido capaz de resolver la nueva legislación, arrastrando a la nueva práctica judicial el mismo problema que buscaba solventar. El grado de confusión que persiste ha llevado a diferentes Audiencias a adoptar criterios dispares a la hora de encarar la revisión de sentencias a la luz de la nueva ley. El mismo lunes, la de Navarra optaba por ampararse en el criterio del Tribunal Supremo cuando este quede fijado, una situación que se dilatará en el tiempo al optar el alto tribunal por analizar caso por caso. Ayer mismo, la Audiencia de Bizkaia dictó su primera revisión de pena en sentido de reducción de la misma contra el criterio fiscal. En todo este furibundo vendaval de criterios jurídicos, derechos procesales y sentimientos de la ciudadanía, lo que menos falta hace es que la seguridad jurídica se sustituya por el cruce de insultos que no conlleva resolución del problema. Si la ley de “solo sí es sí” busca una mayor protección a la víctima y sanción al delincuente y no lo cumple, habrá que revisar los errores que contenga. Pero sin perder de vista que la iniciativa buscaba cerrar el amplio margen de interpretación de los tribunales en delitos contra la libertad sexual, que en demasiadas ocasiones se inclina por sentencias laxas, reticentes a aplicar agravantes previstos en la ley anterior. Arrastrar esa práctica a la nueva normativa no es culpa de la ley, sino de la interpretación del juez. Si la sociedad, a través del poder legislativo, busca que esa doctrina preconcebida cambie, la norma deberá ser más eficiente a la hora de acotar un criterio que siente ajeno a la Justicia.