Esta semana el pleno del Parlamento Europeo ha aprobado definitivamente la Ley europea de Inteligencia Artificial. Pocas tecnologías han evolucionado tan rápidamente como los sistemas de inteligencia artificial. El enorme desafío que supone esta tecnología disruptiva para los derechos de las personas obliga a plantearse el debate del qué, para qué, quién y, cómo se concreta la definición de las garantías frente al empleo de algoritmos para la toma de decisiones que producen efectos jurídicos para los individuos.

Estudiantes de primaria, instituciones públicas y privadas, organizaciones de toda clase y la sociedad en general, todos, sin excepción, nos encontramos inmersos en un proceso de integración de herramientas de Inteligencia Artificial en nuestro quehacer diario. El objetivo tiene que ser beneficioso: realizar nuestras tareas de forma mucho más eficiente.

La protección de los derechos de las personas

Pensemos que esta tecnología está en disposición de generar sistemas de atención al cliente completamente automatizados, establecer sistemas automáticos de cualificación crediticia, generar contenidos audiovisuales con una recreación perfecta de personas, diagnosticar rápida y fiablemente a pacientes, o incluso incrementar los niveles de seguridad pública con sistemas de identificación y seguimiento automatizados de personas sospechosas. Pero, del mismo modo, es evidente que el Derecho está llamado a desempeñar una función nuclear en el establecimiento de las reglas que definen el desarrollo y el uso de estas nuevas herramientas, asumiendo una posición de garante para el más estricto respeto a los derechos y libertades de las personas.

La Unión Europea ha decidido dar un paso al frente en esta dirección y se ha erigido en el primer actor regional en articular un marco jurídico que regule esta materia. Esta cámara legislativa es pionera, como en muchas otras materias, porque Europa es vanguardia en derechos y libertades. El reglamento de Inteligencia Artificial, está dirigido a ese alto objetivo.

Al tiempo, sienta el marco normativo en cuyo perímetro deberán actuar las empresas y demás entidades que operan en el mercado. Bajo la normativa europea, tanto los proveedores de esta tecnología, como sus distribuidores y los usuarios deberán asegurar el cumplimiento de una serie de obligaciones, en atención al grado de riesgo del sistema de Inteligencia Artificial en cuestión. Asimismo, la nueva normativa europea hace de la transparencia uno de sus principales bastiones.

No poner puertas al monte

Aunque criticada en muchas ocasiones, la regulación parece convertirse, una vez más, en los cimientos sobre los que se asienta la garantía de los derechos de las personas. Ahora solo falta que el legislador haya acertado al fijar un marco normativo propicio para que, asegurando un respeto íntegro de los derechos mencionados, no ponga en riesgo en el desarrollo y progreso técnico en una Europa necesitada de mayor competitividad en este mundo tan global como incierto. En ese difícil equilibrio se moverá la nueva ley que prohíbe las prácticas de la Inteligencia Artificial que considera de altísimo riesgo, condiciona fuertemente las que son de alto riesgo y exige transparencia a los proveedores de herramientas que son consideradas de poco riesgo.

La ley tiene periodo de adaptación en los Estados miembros que van desde los seis a los 36 meses, lo que a buen seguro convertirá esta legislación en obsoleta cuando entre totalmente en vigor. Pero este hecho era inevitable cuando se trata de establecer normas a una tecnología en constante y vertiginosa evolución. La Unión Europea ha puesto una primera pica en Flandes para evitar la deshumanización de nuestra sociedad y eso es loable.