Muchas veces se ha dicho, por unos y por otros, que quien hace las normas parece no usarlas, o por lo menos parece desconocer la realidad, pero en este caso que pretendo referir es más que imposible que se pueda carecer de conocimiento necesario para legislar y desarrollar los reglamentos referentes a la circulación, a la vida en la carretera, tiempo que hoy día, todos, pero todos, empleamos por necesidad, sin poder escapar del tráfico, de la red de carreteras, por obligación y por necesidad.
Por este motivo, quiero tocar el límite de velocidad de los túneles y, sobre todo, de los túneles en las autopistas y autovías, porque este límite de velocidad supone la reducción de un tercio en la velocidad de circulación en su parámetro superior.
En el caso de los túneles, de poder circular a una velocidad de 120 kilómetros/hora, de buenas a primeras, al acceder a un paso subterráneo, de los que por cierto cada día hay más (y es bueno), el límite se ve disminuido a 80 kilómetros/hora, cuestión que supone un frenazo que en algunas ocasiones genera un riesgo mayor que circular a la velocidad permitida en toda la vía, qué más da que se circule con la luz del sol o con un techo hormigón.
Este caso sería como plantear que por la noche se circulase con un límite diferente. Lejos de esta paradoja, que no existe, se debería tender a revisar la posibilidad de, en vías de doble carril, autopistas y autovías, se pudiese circular por lo menos a 130 kilómetros/hora, que para los coches que existen hoy en día, y para los sistemas de seguridad que ofrecen, es una velocidad que ayudaría a eliminar las distracciones al volante.