En abril de 2021 el Ayuntamiento de Zizur Mayor realizó una convocatoria para confeccionar dos listas del puesto de conserje: una para puestos bilingües y otra para puestos donde solo se exigía saber castellano. En la segunda no se valoraba como mérito el saber euskara, en contra de la Ordenanza del Euskara: "En las convocatorias de puestos de trabajo que el Ayuntamiento realice y en las que no sea preceptivo el conocimiento del euskera, se incluirá como mérito el conocimiento de este idioma." Ordenanza del Euskara de Zizur Mayor, artículo 18. Un ciudadano presentó un recurso, y el Tribunal Administrativo de Navarra dictó resolución el 25 de abril de 2022 (Resolución nº 919): El euskara ha de valorarse como mérito y, de acuerdo con la Ordenanza del Euskara, ya que el puesto tiene relación con la ciudadanía, el valor del mérito debe ser el 10%. Cabe señalar que el Ayuntamiento de Zizur Mayor quería justificar el no puntuar el euskara argumentando que se trataba de una oposición y no un concurso-oposición (en las oposiciones solo se realizan exámenes, y en los concurso-oposiciones además se puntúan méritos), pero la Ordenanza del Euskara no contempla tales excepciones. Esto, afortunadamente, supone un cambio en la línea de las resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra. Al fin aplica lo que establecen las normas, ya que anteriormente, en casos parecidos, ha basado sus resoluciones en opiniones personales: "valoración excesiva", "desproporcionada", "injustificada"... Nos alegramos por el cambio. Esperemos que se mantenga, ya que las resoluciones no se pueden basar en opiniones personales sino en las normas en vigor.
El autor es representante de Administrazioan Euskaraz Taldea