En este relato de un suceso real no se va a entrar a indicar fechas ni nombres, pues las reclamaciones registradas ya se hicieron en su momento y ahí están con todos los detalles. Si con ello se puede dar lugar a reconsideraciones por parte de los responsables correspondientes para tratar de evitar perjuicios a otros, misión cumplida.

Se trata de la historia para conseguir la Cédula de habitabilidad que permitiese vender una casa de muchos años (pero habitada hasta ese momento y perfectamente acondicionada para ello) que ya tenía comprador concreto y con cantidad económica ya apalabrada.

Para vender legalmente una casa es necesario disponer de la correspondiente Cédula de habitabilidad. Previamente, hay que disponer también del Certificado de Eficiencia Energética y del Informe de Evaluación del Edificio (donde se indica si la vivienda es apta para vivir). Informes elaborados por los profesionales correspondientes, pero que no sirven, por sí mismos, sin la inspección oportuna del técnico correspondiente de Nasuvinsa (Servicio de Vivienda del Gobierno de Navarra).

Trasladada toda la documentación, se concierta cita y se presenta el técnico en la casa. Vistazo rápido indicando dos principales cuestiones (luego, en el informe que se recibe, también se indicarán cuestiones menores de accesos en ventanas y balcones) por las que no se va a conceder la cédula: 1) el baño está junto a la cocina sin separación, y 2) el paso de la cocina a la zona de salita de estar, baño y posterior terraza, no tiene el 1,90 m exigido de altura. Para acceder a ese baño, que dice estar junto a la cocina sin separación, hay que subir tres peldaños pasando a través de un acceso/dintel de unos 30 cm. de grosor y girar a la derecha para entrar en él a través de su correspondiente puerta. En cuanto a la altura real es de ¡¡1,83 cm!! Al parecer, los españoles hemos debido ser de buena talla desde siempre, pues exigir una altura de 1,90 m. en ciertos pasos de casas viejas es obligar en la práctica a obras que pueden ser muy problemáticas. Máxime teniendo en cuenta que la estancia previa y posterior superan de largo los 2,00 m.

Lógicamente, tras recibir el informe denegando la cédula, se realizan las oportunas reclamaciones (son más de una, con los correspondientes meses de tiempo por medio de las cuestiones administrativas). Dan la razón en lo del baño (puro sentido común), pero siguen exigiendo la altura, etcétera. Finalmente, hay que hacer obra civil para ganar como mínimo los 7 cms. requeridos, desmontando los peldaños existentes de acceso y retranqueándolos sin afectar a estructuras.

En lo concerniente a los requerimientos de posibilidad de caídas desde ventanas del piso superior (son ventanas pequeñas con grosores amplios, por las cuales hay que arrastrarse para lograr tener la posibilidad de caída al exterior) y balcón (en este, de exceso de anchura de paso entre barrotes –unos 12 cms. en lugar de los 10 cms. exigidos–) se indica, verbalmente, la realización de acciones para evitar el peligro: para el balcón, colocar un poco más de altura en su baranda y unos corrugados transversales (¡con lo que se crea una baranda escalable para cualquier menor!), y para las ventanas –limitadas por la cubierta– aumentar la altura de acceso, que lleva a reducir sus dimensiones (y el paso de luz y ventilación).

En resumen, costes contra la propiedad y prácticamente un año de pérdida de tiempo para poder obtener la cédula y poder pasar a vender la casa. Que se va hasta el año y medio para cuando se puede vender, pues el comprador inicial había desistido al ver transcurrir el tiempo. Venta final que, respecto a lo que se tenía apalabrado en inicio, representa una merma ostensible. ¿Es razonable y/o coherente este tipo de actuación, cuando la casa es perfectamente habitable y se trata de cuestiones tan nimias? ¿Máxime cuando se han observado ventas de múltiples casas de casco viejo que, de entrada, no cumplían ni por asomo el mínimo requerimiento? Se podrá decir que se compraron sin pedir crédito (los bancos exigen la cédula) y luego las reformarían para poder obtenerla y poder contratar servicios. También se podrá decir que pueden darse serias dudas al respecto de concesiones según con quién toque. Convendría disiparlas.

El autor es asesor y formador en el ámbito del Agua