Tras varias sentencias ganadas por CCOO en el Tribunal Supremo y una larga negociación con la Agencia Tributaria Estatal (AEAT) y el Instituto Nacional de Seguridad Social se llegó a un acuerdo sobre cómo aplicar el derecho de reclamación de los pensionistas que cotizaron a las mutualidades y a su vez a la Seguridad Social con anterioridad al 31 de diciembre de 1978. Se acordó que la vida laboral fuera el documento acreditativo para poder reclamar y se puso a disposición de los pensionistas desde el 20 de marzo un sistema de reclamación.

Llegó y pasó el 20 de marzo, día en el que la AEAT ponía en marcha la posibilidad de reclamar la desgravación fiscal para las personas pensionistas que cotizaron por partida doble entre los años 1967 y 1978. En el País Vasco el tema mejora mucho ya que las haciendas forales actúan de oficio con el beneficio que esto conlleva para un colectivo que tiene mayoritariamente mucha dificultad a la hora de hacer los trámites telemáticamente.

¿Pero qué pasa en Navarra? Somos una comunidad en la que siempre hemos estado orgullosos de nuestros fueros, de nuestra capacidad de gestionarnos en diversas materias y una de ellas es la de la Hacienda. Siempre creímos que nuestra Hacienda era más social y más solidaria, pero nos encontramos con que más de 100.000 pensionistas navarros no pueden reclamar la desgravación de los años 2020 al 2022 y tampoco podrán hacerlo en la del año en curso y siguientes.

Es verdad que, a regañadientes, la Hacienda Foral permite reclamar en la declaración del año 2019, a requerimiento del Tribunal Administrativo de Navarra, ya que no estaban reconociendo este derecho a las personas que lo reclamaban.

La discriminación que se da con los pensionistas navarros respecto al resto de pensionistas de todo el Estado tiene su origen a finales de 2019, cuando se aprueba una ley foral en la que dentro de su extenso articulado, se añade un cuarto punto a la disposición transitoria segunda. Esta disposición era común en todo el Estado pero el punto que añade Navarra dice que “no se aplicará lo establecido en esta disposición transitoria a las pensiones que se reciban de la Seguridad Social”. Ese es el motivo por el que las personas que ejercieron una doble cotización en Navarra se quedan sin poder reclamar los años 2020, 2021, 2022 y siguientes.

La pregunta es quién y por qué planteó ese cambio que fue aprobado en el Parlamento y está vigente; si fue un hecho deliberado de cercenar el derecho de los pensionistas o una ocurrencia de alguien y por eso se propuso este cambio en la disposición transitoria.

De lo que estoy seguro es de que la masa social que apoyó al Gobierno de progreso anterior y que sustenta este también no ven con buenos ojos esta agresión al bolsillo de los y las pensionistas navarros. Las personas más afectadas por esta decisión de la Hacienda foral son los pensionistas de mayor edad, ya que son los que más años cotizaron a las mutualidades y los que tienen las pensiones más bajas.

Esperamos que reaccionen a tiempo y los partidos políticos que sustentan el Gobierno de Navarra lleven al Parlamento la propuesta de eliminar ese maldito punto cuatro de la disposición transitoria segunda y gestionen la forma de que los pensionistas navarros no estemos perjudicados y discriminados por nuestra Hacienda.

Hay que recordar a nuestros representantes en el Parlamento que esta reclamación es motivada, y así lo avala el Tribunal Supremo, porque se cotizó por partida doble, por un lado a las mutualidades sin ningún tipo de desgravación fiscal y a su vez a la Seguridad Social, en este caso con la correspondiente desgravación fiscal. A su vez muchos y muchas pensionistas no llegarán a tiempo de reclamar antes de que, a finales de junio, prescriba la posibilidad de rectificar la declaración de la renta 2019, por lo que desde CCOO también pedimos que acuerden una ampliación del plazo de presentación de esta reclamación.

El autor es secretario general de la Federación de Pensionistas y Jubilados de CCOO Navarra