PAMPLONA. El juzgado de lo social número 2 de Pamplona ha denegado a Juantxo Elía, exportero de Osasuna, Ourense y Murcia, la incapacidad permanente y total como futbolista profesional con el argumento de que el afectado no acreditó de forma suficiente el carácter invalidante de sus dolencias en la espalda ni que las mismas procedieran de una enfermedad común. En base a estos criterios la sala resuelve el recurso que el exjugador planteó previamente tras la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que también le rechazó la solicitud. Sobre la sentencia conocida ayer cabe recurso de súplica ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
El fallo recuerda que el exportero se retiró de la práctica deportiva a los 31 años, al finalizar la temporada 2009/10. En el periodo final de su contrato con el Murcia, continúa la sentencia, Elía causó baja médica por accidente de trabajo y recibió prestaciones por incapacidad temporal desde el 13 de diciembre de 2010 hasta el 7 de febrero de 2011. La Sala aclara que el demandante padecía una espondilolistesis asociada a espondilosis grado II.
El INSS se opuso a la primera solicitud del demandante, que reclamó la incapacidad permanente total con derecho a percibir la pensión correspondiente en la cuantía resultante de aplicar un 55% a la base reguladora de 2.590 euros mensuales por catorce pagas. La razón esgrimida para rechazarla era que las lesiones no alcanzan un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral y aunque lo fueran, "darían lugar a prestaciones derivadas de accidente de trabajo y no de enfermedad común".
La Sala de lo Social, además, considera que el recurrente no acreditó de manera suficiente "ni las limitaciones que le genera la enfermedad" ni el origen de la misma. A este respecto añade que el exjugador presentó "casi exclusivamente" un informe pericial de parte al que se incorporan imágenes escaneadas de RX y resonancia magnética, "sin fecha ni informe diagnóstico", y que tampoco consta en qué medida "el perito le trató directamente si es que lo hizo ni en qué periodos". La sentencia subraya que Elía solo argumentó en su demanda que la enfermedad apareció de forma súbita tras una sesión de entrenamiento de multisaltos de gemelos y se agravó con el paso del tiempo, en especial cada vez que se tiraba al suelo.
Tal y como sucedió con otro exjugador rojillo, César Cruchaga, que planteó una iniciativa similar, el Tribunal entiende que "el deterioro y desgaste inherente a los extremos esfuerzos del deporte de élite no constituye el objeto propio a proteger como invalidez permanente; en caso contrario, se llegaría a la rechazable conclusión de que la actividad laboral de los deportistas profesionales habría de concluir generalmente con una declaración de incapacidad".