PAMPLONA. El gerente de Osasuna, Ángel Vizcay, dejó muy claro en la Asamblea Extraordinaria de socios compromisarios que cualquier nuevo candidato a la presidencia del club rojillo tendrá que avalar el 15% del presupuesto de gastos, es decir 4,3 millones de euros.
Los únicos que están exentos de esta obligación son los directivos de la actual junta de Patxi Izco debido a que los resultados económicos de estos diez años de mandato han sido contablemente positivos.
lo que dice la ley Así se contempla, en concreto, en el Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre sociedades anónimas deportivas, en su disposición adicional tercera, en el que se especifica con claridad lo siguiente: "Para el cálculo de la cuantía de los avales bancarios que deban depositarse en los ejercicios sucesivos y siempre bajo la condición de que el Presidente de la Junta Directiva permanezca durante todo el mandato o que su sucesor haya sido miembro de dicha Junta durante el referido período, se tendrán en cuenta los resultados económicos positivos o negativos acumulados hasta la fecha correspondiente por dicha Junta Directiva... En el supuesto de que estos resultados positivos fuesen iguales o superiores al 15 % del presupuesto de gastos, no será necesario depositar aval alguno".
Se trata del caso del candidato Miguel Archanco, que ha sido directivo con Patxi Izco durante estos diez últimos años. Y con él se presentan los también directivos Juan Pascual y José Manuel Purroy.
la obligación de avalar Por el contrario, cualquier otro candidato que no haya pertenecido a la junta directiva de Patxi Izco, tendrá que avalar obligatoriamente el 15% del presupuesto de gastos (4,3 millones de euros en el caso de Osasuna).
Así se contempla en la Ley del Deporte en su disposición adicional séptima, cuatro: "La Junta Directiva deberá depositar, a favor del Club y ante la Liga Profesional, aval bancario que garantice su responsabilidad y que alcance el quince por ciento del presupuesto de gasto".
Obligación que también se confirma en la Ley sobre sociedades anónimas deportivas, en su disposición adicional tercera: "En el supuesto de las Juntas Directivas que inicien su gestión, éstas habrán de depositar un aval cuya cuantía será el 15 % del presupuesto de gastos".
Sanciones Una nueva junta directiva que no tenga ningún miembro de la junta de Izco tendrá que avalar obligatoriamente ese aval después de la toma de posesión y antes de la Asamblea Ordinaria de septiembre. Tendrá que presentarlo ante la Liga de Fútbol Profesional, porque en el caso de no hacerlo incurrirá en inhabilitación. También podrá ser sancionado el club y, en el caso más extremo, el equipo podría descender de categoría. Así se estipula en el artículo 76.3 de la Ley del Deporte: "Son infracciones específicas muy graves de los Clubes deportivos de carácter profesional el incumplimiento de los regímenes de responsabilidad de los miembros de las Juntas Directivas". Y como castigo a esa infracción, en el 79.3 se aclara que "por la comisión de infracciones enumeradas en el artículo 76.3 podrán imponerse las siguientes sanciones: apercibimiento; sanciones de carácter económico; descenso de categoría; y expulsión, temporal o definitiva, de la competición profesional".
Por último, tanto en la Ley de Deportes como en la Ley de Sociedades Anónimas deportivas se especifica que los avales podrán ser ejecutados por la LFP, la Asamblea del club, y a petición del 5% del total de los socios".