PAMPLONa - La decisión de la Audiencia es firme. ¿Cómo la recibe y qué consecuencias tiene en el proceso?
La verdad es que la noticia la he recibido con muchísima satisfacción porque cierra un capítulo muy importante para el club a la hora de afrontar el proceso. La decisión de la Audiencia provoca que Osasuna no puede ser sancionado penalmente por un delito de corrupción entre particulares, por lo que se conocería como amaño de partidos. Así el club queda exonerado.
Entiende que tampoco cabría una posterior sanción administrativa.
Es muy difícil que, después de que Osasuna no vaya a ser juzgado, se pudiera producir una condena administrativa. En todo momento, una posible actuación administrativa estaría vinculada a los hechos fijados en la sentencia penal. De esta forma, si a la Liga se le ocurriera sancionar por amaños cuando haya una sentencia firme, esa sanción sería recurrida judicialmente y tendría en cuenta, de nuevo, los hechos judiciales fijados en primer lugar.
Si echa la mirada atrás, ¿le reconforta el hecho de que el club hubiera impulsado el caso denunciando en primer lugar las irregularidades?
Inicialmente no teníamos certezas del destino que podía haber tenido ese dinero que había salido del club. Ahora, una vez que se ha llevado a cabo la instrucción, se ha demostrado que lo que hicimos en su día, interponer una denuncia por la desaparición de 2,4 millones, era lo correcto. Osasuna denunció los hechos y colaboró con la Justicia cuando se le requirió para ello.
Entiende que puede afectar la no imputación del club al resto de exdirectivos imputados.
No tendría por qué afectarles. En el auto de la Audiencia no se estaba juzgando si existieron esos amaños o no, sobre lo que se resolvía era sobre si Osasuna fue partícipe como club de la corrupción entre particulares, si era culpable a título intencionado o por no poner los medios para vigilar. El auto viene a determinar que un elemento clave para determinar la responsabilidad penal del club es que la voluntad social de no cumplir las normas viniera reflejada en la ausencia de mecanismos de control. En el año 2010, la norma penal no era clara sobre estos elementos ni sobre la idea de provecho y el hecho de que Osasuna dispusiera de un gerente, de una comisión de control económica y de una auditoría externa para vigilar sus cuentas ha inclinado la decisión de la Audiencia, que ya no entra a valorar más cuestiones.
¿El juicio que se celebre por este caso se va a convertir en una dicotomía entre los delitos de apropiación indebida y de amaño de partidos?
Independientemente de los hechos y los delitos en los que se vaya a fijar el juicio, la principal finalidad del club, ahora y siempre, es recuperar ese dinero que ha desaparecido, independientemente del castigo que se pueda imponer a los imputados. Se trataría de recuperar aquello que nunca debía haber salido del club.
¿Y ve posible recuperarlo?
Lo veo posible a la vista de los embargos que se han ido efectuando sobre los imputados durante la instrucción que se puedan recuperar parte de esas cantidades. Esa es nuestra premisa y, después, dependerá de las responsabilidades que se fijen y del patrimonio de los investigados.
¿Cabría la posibilidad de que Osasuna se siente en el banquillo en alguno de los otros asuntos judicializados?
El único supuesto en el que es posible que tengamos que defendernos de una acusación es en el delito fiscal que ha denunciado la Hacienda Pública. En este asunto está por decidir el juzgado que se va a hacer cargo de la causa y entendemos que hay múltiples elementos, similares o distintos a los expuestos en la causa principal, que podrían determinar que Osasuna no fuera condenado. - E.C.