pamplona - Un error del Ayuntamiento de Pamplona a la hora de cumplir el requisito de motivación para desestimar la solicitud de Telefónica que pretende convertir su central de avenida Bayona 38 en un edificio de viviendas, es la razón formal por la que el Tribunal Administrativo de Navarra, en una resolución fechada el pasado 23 de septiembre, estima el recurso de la multinacional y deja sin efecto la decisión del Consistorio para bloquear este proyecto.

Aunque este dictamen será recurrido por el Ayuntamiento (la gerencia de Urbanismo dará luz verde a este recurso mañana), la argumentación del TAN, en lo que al fondo de la cuestión se refiere, deja poco lugar a la duda, al estimar que Telefónica está legitimada para cambiar el uso de este edificio de casi 3.000 metros cuadrados (sótano, planta baja y seis alturas) puesto que pagó por él al Ayuntamiento hace 46 años (3,93 millones de las antiguas pesetas) y “sólo cabría una motivación válida para denegar la solicitud, que ello conllevase merma o perjuicio para la calidad del servicio telefónico”. “Bastaría acreditar que el traslado de instalaciones de la central de avenida de Bayona a las ubicaciones alternativas propuestas no implica perjuicio alguno para la calidad de los servicios telefónicos prestados”, añade el TAN.

El efecto práctico de este dictamen, según los expertos consultados por este periódico, es que el Ayuntamiento y la multinacional de telefonía “están condenados a entenderse”. El primero exige que si cesa el uso de ese edificio como central de teléfonos, debe revertir al patrimonio municipal; el segundo argumenta que la empresa pagó por el solar, que el uso que se da ha quedado obsoleto y que desea destinar el edificio a promoción inmobiliaria.

La paradoja que podría darse es que una venta que data de finales de los 60 para un fin concreto de interés público (“la construcción de una Central Telefónica”) se resuelva, 46 años después, con un solar en un lugar privilegiado (avenida Bayona con Martín Azpilcueta) para que una multinacional saque beneficios.

argumentos El dictamen del TAN se centra en el hecho de que el Ayuntamiento, basándose en un informe de sus servicios jurídicos, desestimó de forma tajante la petición de Telefónica de liberar los usos de este edificio y lo hizo sin cumplir “correctamente el requisito de motivación”, argumentando que el solar fue vendido en su día para uso exclusivo como central de telefonía, especificando que debería revertir al Ayuntamiento “en el caso de que, por cualquier causa, no se destine a tal finalidad”. La antigua compañía pública, hoy en manos privadas, argumentaba en contra que ya ha cumplido el objeto del acuerdo alcanzado con el Ayuntamiento con la construcción del edificio y su uso como central durante 45 años. El TAN le da ahora la razón.

No es definitivo. Aunque el dictamen del TAN, que previsiblemente será recurrido por el Ayuntamiento, da la razón a Telefónica, otra cosa distinta es que la multinacional pueda dedicar ese edificio a albergar pisos. Y es que el Plan Municipal no contempla la construcción de viviendas en ese solar. Para ello Telefónica debería solicitar un cambio del Plan y el Ayuntamiento, en ese caso, no estaría obligado a aprobar ese cambio. Y es que el edificio, aunque no revierta en propiedad municipal, puede ser catalogado, por ejemplo, para uso dotacional, público o privado, o comercial.

3,934

Telefónica pagó por la compra del solar al Ayuntamiento 3,934 millones de pesetas en 1968. El Consistorio otorgó licencia para construir el edificio en abril de 1970.