Pamplona - Ir al manillar de la bicicleta borracho/a. A cualquiera le puede parecer cosa baladí, por aquello de que la bici es un vehículo sin motor, pero ahora, como viene ocurriendo en los últimos años desde que lo recogió el Anexo II del Reglamento General de Vehículos, así como un Anexo de la Ley de Seguridad Vial, una bicicleta está considerada un vehículo, por lo que el hecho es sancionable. Y en lo que va de 2018 ya han sido denunciados por Policía Municipal 17 ciclistas que fueron interceptados cuando circulaban por la ciudad con una tasa de alcohol superior a lo que marca la ley (por encima de los 0,25 mg de alcohol por litro de aire espirado), como en el caso de los vehículos a motor, con multas, siempre administrativas, que van desde los 500 euros hasta los 1.000 euros, según la tasa, como el coche.

Las estadísticas son ahora actualidad, después de que la semana pasada, concretamente en la madrugada del lunes al martes, la Policía Municipal de Pamplona informara de que una ciclista había resultado herida en una caída y tras la misma se comprobó cómo la mujer triplicaba la tasa máxima de alcohol, por lo que fue multada con una sanción de 1.000 euros y la retirada de la bicicleta.

Los 17 casos en lo que va de 2018 son datos, según la Policía Municipal, “similares” a los de 2017. El año pasado 21 ciclistas fueron denunciados por superar la tasa de alcohol y 2 por dar positivo en la prueba de drogas. Las tasas detectadas, todas ellas lógicamente por encima del 0,25 que marca la ley como sancionable, oscilaron entre los 0,35 y 1,08 mg/l, es decir en los casos más graves lo cuadruplicaban. Jesús Bariáin, de Policía Municipal, señala que los datos se mantienen constantes, y que no se puede hablar de que se esté registrando un incremento de ciclistas que hayan sido ebrios en Pamplona. Sin embargo, este periódico ha podido constatar con fuentes consultadas que, en los últimos años y ante el riesgo de ser multadas en controles de alcoholemia para vehículos (la ley dice que a partir de 0,60 es sanción penal, aunque en la práctica con el margen de error de los etilómetros es 0,64), hay más personas que se desplazan a las zonas de ocio, el Casco Viejo, principalmente, en bicicleta y vuelven después a su domicilio pedaleando, aunque en muchos casos no vayan en condiciones. La bicicleta permite desplazarse rápido y, en ocasiones, uno casi no se da cuenta de que no controla al manillar hasta que llega el accidente o hasta que una patrulla de Policía Municipal le da el alto para que continúe andando o para que se someta al preceptivo control. Porque hoy en día, yendo en bicicleta, es obligatorio hacer la etilometría si el agente lo requiere. ”Hay que dejar muy claro que bicicleta es un vehículo y por lo tanto sus conductores están obligados a someterse a la prueba de alcohol o drogas”, señalan desde Policía Municipal, y añaden que “sin embargo, hay que diferenciar entre vehículo y vehículo a motor”, y ahí “radica la diferencia entre la posible sanción o responsabilidad penal”.

EN ACCIDENTE, SIEMPRE Los controles de etilometría a ciclistas, según explica Jesús Bariáin, se realizan siempre que la bicicleta se haya visto implicada en un accidente, pero también en otros casos, como por ejemplo, si los agentes constatan “claramente una conducción anómala” o, por ejemplo, hay ocasiones en que “un ciudadano ve a un ciclista” haciendo eses “y nos avisa”. La etilometría, y, en su caso, el expediente, puede llegar también en las campañas de control de bicicletas que periódicamente realiza la Policía Municipal de Pamplona, y donde los agentes comprueban, además, otras cuestiones relativas a la normativa sobre la circulación de ciclistas, como “si circula con auriculares puesto”, también prohibido; va sin luces cuando es obligatorio o sin casco en vía interurbana.

Cuando el control de alcoholemia da positivo, se abre al ciclista el correspondiente expediente, y “en todo los casos se inmoviliza la bicicleta, hasta que nos demuestre que puede conducirla”.

Bariáin explica que los controles a bicicletas son relativamente recientes. Porque “hace diez años nos centrábamos en los vehículos a motor, pero con el incremento del uso de la bicicleta en esta última década, se han ido introduciendo estas pruebas a ciclistas”. Según explican desde la Policía Municipal, han tenido que atender a muchos ciclistas “heridos sin alcohol de por medio, y con alcohol de por medio”, pero hay quien no se da cuenta, según añade, de que “sobre dos o tres centímetros de rueda, y ebrio, el peligro se agudiza y se hace más grave”. Porque si un ciclista borracho atropella a alguien “es su responsabilidad; por eso recomendamos estar asegurados”, porque, según añade, “si la persona resulta herida y depende de los daños, te puedes ver metido en un fregado de miles de euros”, porque “eres responsable civil de los daños causados”.

MISMA MULTA QUE EL COCHE El régimen sancionador que se aplica en el caso de las etilometrías positivas de ciclistas es el mismo que el caso de los vehículos a motor, aunque a diferencia de estos últimos no hay pérdida de puntos, ni sanción penal, solo multa administrativa. Por debajo de 0,25 mg/l no es denunciable, desde 0,29 mg/l a 0,54 mg/l, conlleva una denuncia de 500 euros, y desde 0,55 en adelante la sanción es de 1.000 euros. “Lógicamente estas sanciones no conllevan retirada del permiso de conducir, ya que para manejar este vehículo no es necesario ningún tipo de permiso”. En el caso de las sanciones para conductores de vehículos, entre 0,29 y 0,54 de alcohol son 500 euros y 4 puntos del carné; entre 0,55 y 0,59, mil euros y 6 puntos. A partir de 0,60 de tasa de alcohol, es delito, y por ante hay “atestado y sentencia”. En este último caso, no hay vía administrativa, sino penal.

Más PROPORCIONALIDAD Que se multe al ciclista con la misma sanción que al conductor de un vehículo a motor es para representantes de los colectivos ciclistas una “aberración y un abuso” que “se escapa de toda lógica”. Preguntado por este periódico, desde AMTS (Asociación de Medios de Transporte Saludables), Jesús Sukuntza opinó que “entendemos que a los ciclistas si infrijimos las normas de circulación y cometemos infracciones graves hay que sancionarnos”, pero “hay que buscar la proporcionalidad”, porque “el grado de peligrosidad del conductor, frente al del ciclista, es obvio que no son iguales”.

Una mañana de San Fermín por el Ensanche.

El caso más grave de los últimos años. El ciclista fue interceptado por los agentes a las 8 de la mañana del 12 de julio de este año, en plenos Sanfermines, en el cruce de la avenida de Zaragoza con Navarro Villoslada. Se trataba de un varón de 22 años que dio 1,18 mg/l en la etilometría, lo que supone mil euros de multa. No hubo accidente previo, sino que fue un ciudadano el que llamó a la central del 092 informando de lo irregular de la conducción de esta persona.

Reglamento General de Circulación. El Reglamento General de Circulación cuando se refiere a las normas sobre bebidas alcohólicas y drogas ya dice que no podrán circular por las vías objeto de la legislación los conductores de bicicletas con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro. Todos los conductores de vehículos y de bicicletas quedan obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol. El Real Decreto 2822/1998, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, establece las definiciones.

consecuencias

¿Me pueden quitar los puntos?

NO. El Anexo II de la Ley de Seguridad Vial establece que “la pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir”. Y hasta la fecha, la conducción de bicicletas no exige ninguna autorización.