pamplona - Durante la sesión plenaria se dio a conocer la sentencia de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) relativa a la modificación del Plan Especial de Reforma Interior del Casco Antiguo, según la cual los locales de degustación de café no pueden tener horario nocturno, salvo que lo autorice el Ayuntamiento en fechas especiales.

En la resolución se especifica que estos locales no pueden vender ni consumir bebidas alcohólicas, ni elaborar alimentos “sin perjuicio de que chocolaterías, pastelería y similares dispongan de obrador par sus productos específicos de repostería”. - K.G.