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El Defensor recomienda que las cámaras de la vía pública no graben el interior de viviendas

Una pamplonesa certificó que un dispositivo enfocaba dentro de su casa / La Policía Municipal afirma que en 25 años no ha habido denuncias

El Defensor recomienda que las cámaras de la vía pública no graben el interior de viviendasJavier Bergasa

El Defensor del Pueblo de Navarra, Patxi Vera, recomienda al Ayuntamiento de Pamplona que “verifique el alcance de las imágenes captadas por la cámara de seguridad” y que, “en caso de que capte imágenes del interior de las viviendas, adopte las medidas que sean necesarias para minimizar la afección del derecho de protección de datos personales”. La resolución del pasado 22 de octubre responde así a la solicitud presentada por una vecina de Pamplona el 22 de agosto, mediante la cual “formulaba una queja por la instalación de cámaras de videovigilancia en la fachada de su edificio que captan imágenes del interior de su vivienda”. 

En concreto, la vecina consideraba el asunto “grave” y “relacionado con la vulneración de mi derecho a la intimidad y la privacidad en mi domicilio”. Indicaba, así que ya el 28 de julio presentó a través del registro electrónico municipal un escrito “en el que detallaba la instalación de unas cámaras de videovigilancia en la fachada de mi edificio”, pero, además, estos dispositivos “están orientados de tal manera que graban directamente el interior de mi vivienda, como pude comprobar al personarme en la comisaría de Policía Municipal (calle Cuesta de la Reina), donde me permitieron examinar el campo de visión de la cámara, confirmando su alcance de grabación, lo que constituye una clara intromisión ilegítima en mi vida privada”. 

El Defensor se dirigió al Ayuntamiento de Pamplona para solicitar información, ante lo cual se le remitió un informe donde se señala que la instalación de dicha cámara “se encuentra amparada por la normativa vigente en materia de seguridad y protección de datos”. Argumenta el Ayuntamiento que “el tratamiento de las imágenes se limita estrictamente a la finalidad de garantizar la seguridad ciudadana, en virtud del principio de interés público y seguridad colectiva” y que “el sistema es gestionado por operadores acreditados y formados en materia de protección de datos, que actúan bajo protocolos de seguridad y confidencialidad”. 

La sala de control de cámaras instalada en las dependencias de la Policía Municipal.

El informe de la Policía Municipal describía que “la instalación respeta los principios de proporcionalidad y minimización, evitando captar espacios privados o innecesarios, e informando a la ciudadanía mediante cartelería visible”. Según el Ayuntamiento así “se garantiza la preservación de la intimidad”, a la vez que “se dota a las fuerzas y cuerpos de seguridad de una herramienta eficaz para la prevención y esclarecimiento de incidentes”. 

25 AÑOS SIN DENUNCIAS, DICE POLICÍA MUNICIPAL

La Policía Municipal añade que “en los 25 años de experiencia en la gestión de sistemas de videovigilancia en la ciudad, no consta la existencia de denuncias, incidencias ni filtraciones de imágenes de personas, lo que avala la seriedad, la profesionalidad y la diligencia con la que este servicio ha sido desarrollado históricamente”. 

ELABORAR UN PROTOCOLO DE USO

La Policía Municipal agradece a la ciudadana su participación y las sugerencias para mejorar el servicio, y se compromete a “elaborar un Protocolo de Uso de Cámaras, en el que consten expresamente las funciones, obligaciones, y responsabilidades de cada operador y la cadena de supervisión”. 

Por su parte, el Defensor considera “esencial” determinar si la cámara “capta efectivamente imágenes del interior de alguna vivienda o si su campo de visión incluye zonas de carácter privado”, y si es así, “sería preciso valorar” si el tratamiento de datos personales “es necesario, idóneo y proporcionado” o “si existen alternativas menos intrusivas” para el mismo fin. Cita que “el artículo 6 de la Ley orgánica 4/1997 prohíbe expresamente la utilización de videocámaras para obtener imágenes del interior de las viviendas”, por lo que el Defensor “entiende que debe evitarse toda posibilidad de captación de estos espacios, incluso cuando pudiera producirse de manera accesoria”.

La institución argumenta para ello que “con el principio de intervención mínima o minimización de datos, que debe presidir cualquier tratamientos de datos personales”, resulta “imprescindible realizar una ponderación entre la finalidad de seguridad pretendida y la posible afectación a los derechos fundamentales de las personas”. Por esta circunstancia, el Defensor entiende que “de confirmarse la orientación actual de la cámara sin la aplicación de medidas de minimización adecuadas, la medida no superaría el juicio de proporcionalidad exigido por la legislación y la Agencia de Protección de Datos” y ello se debe “a la intromisión que supondría en el derecho a la intimidad y a la propia imagen de las personas afectadas”, aunque la captación es accidental.

LIMITACIÓN DEL CAMPO DE VISIÓN

¿Cómo podría reducirse el riesgo de intromisión de las cámaras en la vida privada de los vecinos y vecinas de Pamplona? A juicio del Defensor, “esta situación sería evitable” con medidas técnicas “de limitación del campo de visión, como por ejemplo, el enmascaramiento de zonas privadas o difuminado de ciertas áreas que no son objeto de grabación”. También ajustando la “orientación de la cámaras” o “la revisión de la ubicación y ángulos de la misma”. 

Por todo ello, el Defensor recomienda al Ayuntamiento de Pamplona que “verifique el alcance de las imágenes captadas por la cámara de seguridad a la que alude la queja y que, en caso de que capte imágenes del interior” se adopten las “medidas necesarias” para minimizar la afección del derecho de protección de datos personales”. 

MÁS DE 250 EN PAMPLONA

Según los últimos datos, en Pamplona hay más de 250 cámaras de vigilancia. De estas más de un centenar está en edificios, pero ha también en torno a 150 dispositivos que recogen lo que sucede en la vía pública. Se incluyen tanto las cámaras de tráfico, dispuestas para controlar la circulación de vehículos, como las cámaras de seguridad ciudadana, colocadas para controlar la inseguridad. 

La imágenes recogidas son almacenadas y quedan a disposición de la Policía Municipal, y, como se recordará, fueron importantísimas en su día para localizar a La Manada en San Fermín. Por su parte, las cámaras de tráfico están colocadas en los cruces y viales más importantes, y “no solo facilitan las funciones de regulación y coordinación por parte del Área de Tráfico, sino que sirven para saber cómo se produce un accidente”. De hecho, muchos atestados han sido resueltos gracias a las imágenes recogidas por una cámara de este tipo