pamplona. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) afirmó ayer que las 133 candidaturas anuladas por el Tribunal Supremo de Eusko Abertzale Ekintza - Acción Nacionalista Vasca (EAE-ANV) para los comicios del 27 de mayo de 2007 eran un "fraude". De esta manera, Estrasburgo respalda al Estado español al anular las citadas listas electorales. Concretamente, 125 correspondían a listas municipales, 7 a las Juntas Generales del País Vasco y una al Parlamento navarro.
Según la sentencia, está "suficientemente probado" por los tribunales españoles que "las listas del partido demandante pretendían asegurar la continuidad de las actividades de Batasuna y Herri Batasuna".
Estrasburgo rechazó por lo tanto la demanda de cuatro abogados de EAE-ANV contra la anulación de candidaturas y sus jueces consideraron por mayoría que la decisión del Supremo fue "proporcionada al fin legítimo perseguido", y que "en ausencia de arbitrariedad, no atenta contra la libre expresión de la opinión del pueblo".
Seis de los siete jueces que componen el Tribunal concluyeron que España respetó el derecho a elecciones libres al anular las candidaturas de EAE-ANV. Cinco de los siete jueces se pronunciaron por que no hubo violación de libertad de expresión, de reunión y de asociación, derechos que están incluidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Donde sí hubo unanimidad entre los jueces fue a la hora de determinar que España no violó el artículo 13 (derecho a un recurso efectivo) del citado Convenio.
En la demanda, ANV señaló "que no es el sucesor de los partidos disueltos" y que el objetivo de la anulación de las candidaturas era el de "eliminar de la vida política pública a la izquierda independentista vasca".
Los cuatro abogados que presentaron la demanda ante el Tribunal de Estrasburgo tienen un plazo de tres meses para solicitar el reenvío del caso a la Gran Sala del Tribunal, compuesta por 17 jueces.
precedente Con esta sentencia, Estrasburgo vuelve a dar la razón a España, después de desestimara el 30 de junio de 2009 las demandas presentadas por Batasuna y Herritarren Zerrenda, entre otros. Entonces, el tribunal dijo que la anulación de candidaturas "no responde a una intención de prohibir toda manifestación de ideas separatistas". Ayer, en referencia a ANV, reiteró ese argumento y recordó que hay partidos independentistas en parlamentos, como el vasco.
En cuanto a las posiciones disidentes, la jueza armenia Alvina Gyulumyan argumentó sus votos disidentes en que los Estados deben comprometerse al desarrollo de las elecciones "en las condiciones que aseguren la libre expresión del pueblo". Recuerda Gyulumyan que la jurisprudencia del Tribunal señala que "una limitación de los derechos electorales de sus miembros debe seguir un examen individualizado que permita tener en cuenta su conducta real".
En su opinión disidente, la jueza irlandesa Ann Power se muestra a favor de que las listas de ANV no hubieran sido anuladas "lo que habría permitido expresar sus aspiraciones e ideas de manera no violenta".
Así, la letrada irlandesa manifiesta que la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo defiende que "en período preelectoral es especialmente importante permitir que las opiniones e informaciones de todo tipo circulen libremente".
Acto político de ANV durante la campaña electoral de 2007. Foto: ruben plaza
voto disidente
"Una limitación de derechos electorales exige un examen individualizado"
alvina gyulumyan
Jueza armenia del Tribunal de Estrasburgo