Aprobada una ley foral para adaptar el funcionamiento de la administración al desarrollo tecnológico
PAMPLONA. El pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado por unanimidad la ley foral de la Administración de la Comunidad foral y del sector público institucional, con la que se pretende adaptar la organización y funcionamiento de la administración a la realidad social y al desarrollo tecnológico.
La aprobación de esta nueva ley implica la derogación de la ley foral 11/2007 para la implantación de la Administración Electrónica en Navarra.
En concreto, la ley impulsada por el Ejecutivo foral tiene por objeto "instaurar un nuevo marco de relación entre la Administración y la ciudadanía para, de conformidad con la evolución de la realidad social, los cambios en el funcionamiento de las organizaciones públicas y el desarrollo de las nuevas tecnologías, hacer del despacho electrónico el principal canal de comunicación con la población navarra".
A tal fin, para mejorar la atención y el servicio a la ciudadanía y la eficacia de la actividad administrativa, se propugna "la implantación de una administración electrónica generalizada y la aplicación de las nuevas tecnologías al procedimiento administrativo común, todo ello desde un cuerpo normativo único adaptado a las novedades introducidas en la legislación básica".
En ese contexto, se subraya que la tramitación electrónica debe constituir la "actuación habitual" de las Administraciones, tanto a nivel interno, al entender que "optimiza los principios de eficacia y eficiencia", como a nivel externo, pues permite ofrecer una "información puntual, ágil y actualizada" que "refuerza las garantías de los interesados" y "facilita el cumplimiento de las obligaciones de transparencia".
En ese marco, se incluye como derecho el Punto de Acceso General Electrónico, a través del cual la ciudadanía podrá acceder a todos los servicios y procedimientos de la Administración Pública Foral, así como del conjunto de las Administraciones Públicas, pudiendo conocer el estado de tramitación de cuantas actuaciones, comunicaciones y notificaciones se les hayan efectuado. La adaptación a esta nueva forma de tramitar contempla un sistema generalizado de identificación y firma del personal al servicio de la Administración.
Asimismo, también por necesidades de adecuación a la nueva legislación, la ley alberga una nueva regulación del Registro General Electrónico, de modo que, desde su interconexión con los de otras Administraciones Públicas, resulte plenamente interoperable, requisitos ambos fundamentales para la consecución de la administración electrónica.
Por otra parte, se prevé la existencia de Oficinas de Asistencia en materia de registros que, asistidas por personal inscrito en el Registro de Funcionarios Habilitados, se ocuparán de ayudar a las personas no obligadas a tramitar electrónicamente. Además, se encargarán de las funciones propias del registro y la digitalización de la documentación.
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