Uno de los mensajes del vicepresidente Taberna ha sido el de lamentar que el Gobierno foral no ha tenido ocasión de presentar alegaciones antes de la publicación de los informes de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción. Por eso, Taberna ha dicho que el Gobierno está "en proceso de análisis administrativo y jurídico" y, aunque formalmente no existe un capítulo de alegaciones en los informes de la Oficina Anticorrupción, el Gobierno remitirá una serie de consideraciones por si es posible que la entidad realice una revisión "de oficio".
El reglamento de la Oficina Anticorrupción es claro a este respecto: en el capítulo cuatro, relativo al desarrollo de las investigaciones, dispone en sus apartados 8 y 9 que "las entidades o personas afectadas por la investigación o inspección podrán, en cualquier momento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio".
En el punto 9 se estipula que instruido "el procedimiento e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá en conocimiento de las entidades investigadas o personas afectadas el informe provisional de la investigación, que tendrá el contenido previsto en el artículo 48.1, para que presenten sus alegaciones u observaciones en el plazo de diez días hábiles, salvo que se exija el mantenimiento del secreto en aras al buen fin de la investigación".
 
        
     
                                             
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