El TC rechaza admitir a trámite el recurso de Cerdán contra su entrada en prisión
El tribunal ha desestimado por unanimidad la admisión del recurso de amparo por "falta de trascendencia constitucional"
El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado admitir a trámite el recurso del exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán contra su entrada en prisión provisional, que acordó el juez del 'caso Koldo' el pasado 30 de junio.
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Fuentes jurídicas han informado que la sección Segunda, compuesta por el magistrado progresista Juan Carlos Campo y los conservadores Ricardo Enríquez y José María Macías (ponente), ha desestimado por unanimidad la admisión del recurso de amparo por "falta de trascendencia constitucional".
El tribunal considera que el recurso no reviste la especial trascendencia constitucional alegada por Cerdán y exigida por la Ley, dado que ya existe doctrina constitucional sobre la necesidad de motivar la concurrencia de los fines constitucionalmente legítimos para justificar una prisión provisional, así como sobre la prohibición de utilizar esta medida con fines coactivos.
Además, en cuanto a la vulneración al derecho a la defensa alegada por los letrados, el recurso se inadmite por falta de agotamiento de la vía judicial, al no haberse invocado esta queja en tiempo y forma ante el Tribunal Supremo, con carácter previo al recurso de amparo.
Se trata de una decisión que era de prever pues rara vez este tipo de recursos suele prosperar porque se trata de una diligencia adoptada durante la fase de instrucción, es decir, que el procedimiento judicial aun sigue en curso y la corte de garantías no suele intervenir en estas situaciones.
"Análisis subjetivo"
En su recurso, la defensa de Cerdán consideraba que el Supremo había vulnerado su derecho a la libertad y a la presunción de inocencia por haber acordado su ingreso en prisión sin justificar "debidamente la concurrencia de ningún riesgo de alteración o destrucción de pruebas" en el que se basa para acordar dicha medida.
"Establecer como único motivo para presuponer un riesgo de alteración o destrucción de pruebas (...) un supuesto papel directivo por parte del sr. Cerdán inferido únicamente por un análisis subjetivo en relación con unos audios que a fecha de hoy no conocemos ni su veracidad (...) es del todo insuficiente y no colma los estándares exigidos" por la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, aseguraba el recurso.
La negativa del TC se suma a la reciente decisión del magistrado del Supremo Leopoldo Puente que hace apenas unos días rechazó por segunda vez excarcelar a Santos Cerdán, al destacar que aún persiste el riesgo de destrucción de pruebas, pero avanzó que "previsiblemente" no se prolongará más allá de este año.
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