pamplona. La sentencia es firme y no cabe recurso posible con lo que se pone punto final a las irregularidad urbanísticas cometidas en Gorraiz por Ignacio Galipienzo cuando era alcalde del valle de Egüés. El magistrado de la sección Segunda de la Audiencia Provincial, José Francisco Cobo, ha ratificado la condena impuesta al ex regidor por el Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona que condenó a Galipienzo a un año de prisión por prevaricación urbanística y a 31.500 euros de multa por negociaciones prohibidas a los funcionarios. El tribunal desestimó el recurso de apelación de Galipienzo y también el de su socio, José Luis Ruiz Bartolomé, condenado como cooperador necesario en las negociaciones prohibidas a una multa de 3.000 euros. Sin embargo, el juez entiende que la acción popular ejercida por el partido político Aralar no actuó "ni con mala fe ni con temeridad" y "contribuyó a promover la investigación" sobre el enriquecimiento del ex alcalde. Por tal motivo, Cobo absuelve a Aralar de las costas derivadas del acto del juicio por sus acusaciones por cohecho sobre Conchita Flores y Luis Galo.
Conviene recordar que Galipienzo formó parte de una operación urbanística, en la que intervino como alcalde y como intermediario de la inmobiliaria Aricam, para la que trabajaba. Galipienzo cambió el uso dotacional que tenía la parcela S.2.2 de Gorraiz por un uso escolar, con lo que contravino las órdenes del Gobierno foral y de la normativa urbanística que regía en Gorraiz, todo para conceder una licencia que permitiera construir un apartotel. El alcalde medió en la venta de la parcela, que pertenecía a la constructora Conchita Flores, pero se ocultó siempre tras sociedades interpuestas, a través de las que cobraba comisiones y en las que aparecía como titular su socio, Ruiz Bartolomé.
En el fallo se expone que Galipienzo, por su cargo de alcalde, realiza estos hechos de forma incompatible con sus funciones públicas. La sentencia ratifica que el destino escolar de la parcela estaba "radical y absolutamente impedido" por todas las órdenes forales y "esta constatación no pudo pasar desapercibida para el alcalde", que además era "Licenciado en Derecho y trabajaba como asesor inmobiliario". Sobre la precaricación, Galipienzo es condenado porque "a sabiendas de su injusticia emite una resolución favorable" y la realiza "con dolo directo y no sólo eventual". Es decir que su intención era que se hiciera así, no sólo por las circunstancias. Quería, por tanto, cambiar el uso de la parcela a toda costa, venderla y hacer el apartotel.