"Llevo 20 años sin recibir noticias de mi hijo y sin hablar con él. Se fue de casa un día, sin dar explicaciones, y en todo este tiempo nunca se ha preocupado de nosotros ni de sus hermanos, así que hemos decidido deseheredarlo, no va a ver ni euro. Todo será para nuestros otros tres hijos". La legislación navarra permite a Ramón Beorlegui y María Luisa Miguel hacer lo que en el resto de comunidades autónomas resulta imposible o casi imposible: excluir a uno de sus vástagos, el mayor en este caso, de la herencia.

Según el régimen general, dos tercios de la herencia deben ir a parar obligatoriamente a manos de los hijos, es lo que se conoce como la legítima, pero en la Comunidad Foral la libertad de testar es total gracias a una fórmula inmemorial. La legítima foral navarra está establecida en el Fuero Nuevo y consiste en que una padre debe dejar a sus hijos al menos "cinco sueldos febles o carlines por bienes muebles y una robada de tierra en montes comunes por inmuebles" . Al ser los sueldos carlines una moneda medieval que ya no tiene curso legal y al ser los montes comunes indisponibles por particulares, la legítima foral navarra es en realidad una fórmula retórica que no tiene contenido material o patrimonial real ninguno. Por ello con el uso de la legítima foral navarra el testador puede disponer del 100% de sus bienes (salvo el usufructo legal de fidelidad a su cónyuge y la prohibición de que los hijos del primer matrimonio queden en peor situación testamentaria que los del segundo) y disponer de ellos en su testamento como desee. Sin embargo, si en un testamento una persona no incluye esa fórmula de "cinco sueldos febles o carlines..." de legítima foral navarra en relación a sus hijos y tampoco les deja nada material, el testamento podría ser declarado inválido y nulo por preterición.

De este modo, la inclusión en un testamento de la legítima foral navarra bajo esa mención de los "cinco sueldos febles o carlines..." es algo así como la afirmación expresa y categórica del testador de que quiere disponer de todos sus bienes, apartando de la herencia a los hijos caso de ser ese su deseo. De esta manera los hijos no son obviados en el testamento, se les incluye al instituirlos en la legítima foral navarra, pero al ser una legítima vacía de contenido patrimonial o material su inclusión tiene los únicos efectos de constatar que se les quiere desheredar. Este es el sencillo sistema por el que legalmente se puede desheredar a los hijos en Navarra.

"Un abogado nos explicó cómo la legítima navarra nos permitía privar a nuestro hijo de la herencia. No fue una decisión fácil para nosotros, pero su comportamiento casi nos obligó a hacerlo. Nos enteramos de donde vivía por casualidad, a través de unos conocidos que también le informaron del fallecimiento de uno de sus hermanos y ni llamó, tampoco lo hizo cuando su madre fue ingresada y casi se muere. Y eso que ella pidió verle y se lo hicieron saber. ¿Por qué actúa así? No lo sabemos. Llegamos a pensar que tenía una enfermedad mental, pero nuestros conocidos investigaron un poco y nos dijeron que vivía y trabajaba con normalidad", explica Gregorio.

"No es justo premiarle" Este matrimonio no excluye la posibilidad de revocar su decisión. "Si algún día él cambia de actitud y nos explica por qué lo ha hecho o nos pide perdón, nos replantearíamos cambiar el testamento para incluirle de nuevo. Un notario nos ha informado de que podemos hacerlo en cualquier momento, pero hasta entonces nuestra decisión es firme: los bienes que tenemos mi mujer y yo, dos casas de pueblo rehabilitadas, tres pisos y un apartamento, además, de todo lo que hemos podido ahorrar a lo largo de nuestra vida serán para sus hermanos", explica Gregoria. "Los otros tres hermanos se quieren muchísimo y nos cuidan todo lo que pueden, y no sería justo para ellos que el mayor obtuviera una recompensa cuando su comportamiento nos resulta a todos tan doloroso e inexplicable", añade María Luisa.

Hay que matizar, no obstante, que no es del todo imposible desheredar a un hijo en territorio general, aunque los requisitos son tan estrictos -haber obligado al testador, mediante amenaza o violencia, a realizar testamento o a cambiarlo; haber negado los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda, y haber maltratado o injuriado al progenitor que le deshereda- que no es infrecuente que ante problemas familiares o difíciles relaciones padres-hijos algunas personas que viven en comunidades limítrofes con Navarra intenten adquirir la vecindad civil navarra.