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Condenada por intrusismo por dar masajes sin título oficial de fisioterapeuta

Se le impone una multa de 2.160 euros, recurrible, por firmar un contrato como profesional para una empresa

pamplona - El juez de lo Penal 4 de Pamplona ha condenado a la propietaria de un centro de masajes de Burlada, A.D.D., a 2.160 euros de multa por un delito de intrusismo profesional por realizar masajes terapéuticos y preventivos para cuya práctica es necesario un título universitario del que carecía. Se refiere en su sentencia el juez al título universitario de Diplomado en Fisioterapia, mientras que la acusada solo tenía diplomas como masajista, quiromasajista y de osteopatía, por lo que además del fiscal ejerció como acusación particular el Colegio Oficial de Fisioterapeutas de Navarra.

El texto, que es recurrible, considera probado que la acusada, que ejercía en un local de Burlada, con anterioridad al año 2012 firmó un contrato de prestación de servicio de fisioterapia con el Grupo Uvesco, que se renovó en los años 2013 y 2014, para realizar masajes a sus empleados asumiendo parte del coste la empresa. A través de dicho contrato la acusada vino realizando masajes de todo tipo, incluidos tratamientos de dolencias, a varias empleadas hasta un total de 73 masajes que fueron facturados por la empresa a la acusada.

La acusada reconoció en el juicio que conoce “más o menos la actividad propia de la profesión de fisioterapeuta, que conoce los límites de la profesión y nunca los sobrepasa; que sus masajes son preventivos para mejorar el bienestar y que es un servicio extra para los trabajadores, para evitar lesiones”, pero que si alguien le va “con dolor” a su consulta le recomienda “ir al médico o al fisio”. La procesada firmó el contrato de servicio de Fisioterapia con el grupo, aunque alegó que le dijo a la representante de Uvesco que no lo podía firmar porque “no era fisioterapeuta” y que ya hacía ese servicio desde 2012. El juez incide en que dicho contrato no puede ser más claro a la hora de que la empresa contrata un servicio de fisioterapia y considera “absurdo que una persona acuda a la consulta de la acusada porque le duele la espalda debido a una contractura y la procesada le haga un masaje relajante sin atención a la contractura, remitiéndole al fisio para que la cure”. - E.C.