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El Supremo prohíbe a Iberia anular los billetes de vuelta

Declara abusivas varias cláusulas de la aerolínea, como cancelarlos si no se había usado el de ida

madrid - El Tribunal Supremo declaró ayer abusivas varias cláusulas utilizadas por Iberia en sus billetes, entre ellas, las que eximían a la compañía aérea de cualquier responsabilidad en caso de pérdida de un enlace o la que le permitía cancelar trayectos adquiridos en caso de no utilización de alguno de ellos, por ejemplo, en un vuelo de ida y vuelta.

La Sala Primera del Tribunal desestima así el recurso de casación interpuesto por Iberia contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que había estimado las acciones colectivas ejercitadas por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) respecto de varias condiciones generales utilizadas por la compañía aérea en sus contratos de transporte aéreo de pasajeros. - D.N.