El Supremo prohíbe a Iberia anular los billetes de vuelta
Declara abusivas varias cláusulas de la aerolínea, como cancelarlos si no se había usado el de ida
madrid - El Tribunal Supremo declaró ayer abusivas varias cláusulas utilizadas por Iberia en sus billetes, entre ellas, las que eximían a la compañía aérea de cualquier responsabilidad en caso de pérdida de un enlace o la que le permitía cancelar trayectos adquiridos en caso de no utilización de alguno de ellos, por ejemplo, en un vuelo de ida y vuelta.
La Sala Primera del Tribunal desestima así el recurso de casación interpuesto por Iberia contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que había estimado las acciones colectivas ejercitadas por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) respecto de varias condiciones generales utilizadas por la compañía aérea en sus contratos de transporte aéreo de pasajeros. - D.N.
Más en Sociedad
-
Piratean la cuenta de X de Elmo de 'Barrio Sésamo' para publicar mensajes antisemitas
-
Detenido en Rentería el tercer implicado en la agresión a un hombre en Torre Pacheco
-
El movimiento feminista reclama más políticas preventivas en Sanfermines
-
Un estudio de la Clínica Universidad de Navarra habla de que la fragilidad de los mayores antes de una cirugía depende más del estado físico y mental que de las enfermedades crónicas