La Fiscalía navarra ya ha informado en varios de los procedimientos que se están tramitando en la Audiencia Provincial en contra de que el tribunal rebaje la condena a los delincuentes sexuales en dichos supuestos. La Fiscalía, en consonancia con la instrucción enviada por la Fiscalía General del Estado, entiende que no procede establecer una rebaja de las condenas y que no es necesaria la revisión de la sentencia puesto que las penas que les fueron impuestas a los agresores en los casos que hasta ahora se han tramitado en Navarra sigue estando dentro de los límites legales que establece la nueva horquilla penal. Es decir, que el Ministerio Público rechaza una rebaja automática de la condena, aunque la fusión de los delitos de abuso y agresión sexual hayan establecido un marco punitivo más amplio para este tipo de delitos (tanto en el sentido de agravar las penas y que sean mayores como en el sentido de que las penas mínimas por agresión tengan un mínimo más rebajado).

Lo que viene a establecer la Fiscalía es que más allá del caso en cuestión, si por ejemplo en un asunto no se contemplan atenuantes ni agravantes, y el tribunal enjuiciador decidió establecer una pena en la mitad inferior de lo que reflejaba el Código Penal anterior, en la actualidad ese condenado no tiene que ver rebajada más su pena puesto que ya figuraría dentro de la horquilla establecida por la ley del solo sí es sí. Si en una agresión sexual (de 6 a 12 años) se le impuso al agresor 7 años, ahora, con el nuevo delito (4-12 años), no le corresponde una rebaja, puesto que los siete años seguirían estando en la mitad inferior de 4 a 12 años de la agresión sexual actual. La Fiscalía entiende que la ley no debe ser interpretada solo en los artículos precisos en los que suponga un beneficio para el reo, sino en bloque, y en base a dicho criterio los supuestos de revisión de sentencias entiende que serán “mínimos. Habrá muy pocos casos. Tan solo puede haber alguna rebaja en las tentativas de delitos sexuales, que pueden ser más complicadas de interpretar”.