El 46% de los aspirantes que se presentaron a las pruebas de habilitación de personal de control de acceso a locales de ocio celebradas en la Universidad Pública de Navarra (UPNA), un total de 72 aspirantes de los 155 que comparecieron, han superado el test de conocimientos y ahora deberán aprobar un test psicológico para conseguir la acreditación correspondiente. Se trata de la segunda convocatoria que realiza el Gobierno foral en su historia, tras la llevada a cabo el año pasado, que concluyó con la habilitación de 66 personas.
El certificado tendrá una validez de cinco años y será necesario para su renovación acreditar la posesión o superación de los requisitos exigidos en la normativa. El personal que realice las labores de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas deberá llevar durante el ejercicio de sus funciones un distintivo que lo identifique, que será expedido por la Sección de Juego y Espectáculos Públicos desde la Dirección General de Interior.
Moratoria de dos años
En el Decreto Foral 33/2011 se establece un periodo transitorio de dos años, durante el cual no sería exigible el cumplimiento de los requisitos dispuestos en el mismo decreto, que empezaron a computarse a partir de la fecha en que se publicó la primera convocatoria de celebración de las pruebas el pasado 9 de julio de 2024, y durante el cual “deberán convocarse al menos en tres ocasiones los exámenes correspondientes a la obtención del certificado acreditativo de la superación de las pruebas”, indica la normativa aprobada en mayo de 2011, de modo que será a obligatorio a partir del 9 de julio de 2026.
De acuerdo con el decreto foral, las funciones que podrá desarrollar el personal de control a los espectáculos públicos y actividades recreativas son, entre otras, controlar la posesión de la entrada al establecimiento, comprobar la edad de las personas que pretenden acceder al local, velar por el correcto funcionamiento de los vestíbulos acústicos de doble puerta, controlar que no se exceda el aforo autorizado e impedir el acceso a partir del horario de cierre del local.
Entre los requisitos para desempeñar las funciones de personal de control de acceso, el decreto en vigor establece la obligación de ser mayor de edad, tener la nacionalidad española o la de alguno de los países que integran la Unión Europea o estar en posesión del permiso de residencia y trabajo correspondientes, y carecer de antecedentes penales.