La casuística relacionada con los delitos de odio ha extendido un amplio catálogo en la Comunidad Foral, donde ha visto reproducida en todo tipo de actuaciones los comportamientos más tóxicos y denigrantes posibles, la mayoría por discriminaciones relacionadas con la orientación sexual o con el racismo y la xenofobia. Sin ir más lejos, en fechas recientes, la Audiencia navarra condenó a dos hombres de Valdizarbe a dos años de prisión a cada uno de ellos y al pago de multas por acosar y hostigar de manera continuada a una familia marroquí que residían junto a ellos en una localidad navarra. Los insultos racistas y de todo tipo se llegaron a prolongar durante un año y afectaron de tal modo a la familia que les obligaron a marcharse del pueblo y a irse a vivir a Pamplona.

No se trata ni mucho menos de un caso aislado. En otra localidad de Tierra Estella se condenó a un matrimonio que se dedicó a insultar a un padre de familia de origen árabe con comentarios de índole racista, como “mono”, “moro”, “os estamos dando de comer” o “si yo salgo ahora, cojo el bate de béisbol, se me cruza el cable, salgo a la noche y pim, pam, pum, voy a ser tan salvaje como ellos”. Igualmente, también por un incidente similar, en este caso en Estella, se condenó a seis meses de prisión por un delito de odio a un hombre de 50 años, nacido en Zaragoza y que trabajaba como encargado de obra de una empresa constructora riojana. Dicho varón se dirigía de manera continuada a uno de los peones, de origen magrebí, con expresiones denigrantes como “moro de mierda, puto moro o extranjero de mierda”. Además, durante una obra que realizaban en Tierra Estella, el acusado amenazó al albañíl por haberle comentado al jefe de la empresa lo que sucedía y llegó a empujarle en dos ocasiones.

Escritos racistas

Apenas hace unas semanas se conoció otra sentencia de la Sección 1ª de la Audiencia que condenó a 2 años de prisión y 720 euros de multa a un vecino de una localidad del Valle de Baztan que entre 2020 y 2023 envió correos electrónicos a diversas empresas para que no contrataran a inmigrantes.

Según se relataba en la sentencia, dictada tras un acuerdo entre el fiscal y la defensa, “con la firme voluntad de impulsar y estimular activamente la discriminación y exclusión de personas extranjeras, entre las que, según su visión, se incluye también a las personas inmigrantes nacionalizadas españolas, confeccionó un escrito que remitió a través de correo electrónico a distintas entidades, conminándoles a que contrataran solo a personas nacionales y que, además, sustituyeran los inmigrantes de su plantilla por personas nacionales españolas, especificando que no debía contratarse a personas marroquís”.

En muchas de las ocasiones, con el fin de promover el indicado prejuicio y materializarlo en la falta de contratación laboral, el encausado envió el citado correo en respuesta a la oferta de empleo que había sido publicada en internet por la correspondiente entidad. Según consta en la resolución judicial, los correos electrónicos por el acusado tenían como finalidad extender el sentimiento de rechazo hacia los inmigrantes, ya que se anunciaba la confección de un listado de empresas que tenían demasiados de ellos contratados, “con el fin de que la gente tuviera conocimientos de ello, vinculando así, veladamente, ese conocimiento al consumo”. La remisión reiterada de este email por parte del inculpado tuvo incidencia y repercusión pública y notoria en redes sociales y suscitó comentarios de terceros a cuenta del contenido discriminatorio del mismo. También fue objeto de rechazo por parte de terceras personas, que apelaban a su naturaleza discriminatoria.

Persecución y quema de bandera

Si bien lo anterior relata sobre todo incidentes de índole racista, también se han producido abundantes infracciones que tienen que ver con la orientación sexual de las personas. Así, la Audiencia de Navarra condenó a 6 meses de prisión y 900 euros de multa a un acusado que profirió insultos homófobos a un hombre por ser homosexual y, posteriormente, quemó en su presencia una bandera LGTBI en junio de 2024 en Pamplona. El condenado, natural de Rumanía, de 26 años, consignó antes del juicio 2.000 euros para indemnizar a la víctima. La sentencia considera probado que, sobre las 2.55 horas del 23 de junio de 2024, el procesado se encontraba en la Biurdana de Pamplona cuando se aproximaron la víctima y una mujer, a quienes increpó: “Hazle caso a ella, no seas subnormal que si quieres te la follas”.

Al decirle el denunciante que era homosexual, el encausado le profirió insultos como “puto maricón de mierda” y, seguidamente, quemó una bandera LGTBI en presencia de la víctima a sabiendas de que este comportamiento conllevaba una humillación y menosprecio por razón de su orientación sexual. Además, portaba 38 pegatinas, que colocó en farolas próximas al lugar, con simbología propia de movimientos como Comunidad Identitas, Noviembre Nacional y Casapound Italia, lo que revela su relación con grupos caracterizados por el odio y promoción de la discriminación y violencia contra determinados colectivos, como los homosexuales.