Los promotores de Palacio de Aroztegia reclamaron 46 millones al Estado por la inacción de la Guardia Civil en las obras
La Audiencia Nacional tumba la demanda y recuerda a los promotores del complejo en Lekároz que no hubo medidas preventivas, ni cerraron la obra ni pusieron vigilancia
La entidad Palacio de Aroztegia, promotora que inició en abril de 2021 en el valle de Baztan las obras de un hotel, un campo de golf y 227 viviendas que se vieron contestadas por una fuerte respuesta ciudadana opositora al proyecto, ha llegado incluso a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional para reclamarle al Ministerio del Interior los 46,2 millones de euros de pérdidas en los que cifran el decaimiento de semejante proyección.
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El fundamento de la reclamación de responsabilidad patrimonial se sustentaba es que a juicio de los promotores la Guardia Civil era responsable de los daños causados “al no haberse impedido los sucesivos actos vandálicos y violentos, amenazas y coacciones que obligaron a paralizar las obras”.
Dichas reclamaciones fueron desestimadas en marzo de 2023 por el secretario general técnico del Ministerio del Interior, pero la junta de compensación creada con el proyecto Palacio de Aroztegia decidió seguir con el contencioso ante la Audiencia Nacional. Sin embargo, la Sala ha desestimado sus pretensiones puesto que entiende que “la actuación de la Guardia Civil fue proporcionada y adecuada para evitar una escalada de la violencia” y, de hecho, reprocha a los promotores que no adoptaran otras medidas de seguridad como podía ser la instalación de vallado perimetral, señalización del lugar de obras, así como la contratación de seguridad privada para controlar la zona de obras. De hecho, sobre este último punto, la sentencia ahora conocida recuerda que como establece la Ley de 2015 de protección de la seguridad ciudadana “las medidas de intervención para el mantenimiento o el restablecimiento de la seguridad ciudadana en reuniones y manifestaciones serán graduales y proporcionadas a las circunstancias” y, además, que “la disolución de reuniones y manifestaciones constituirá el último recurso”, según marca la ley.
Ni cerraron la obra, ni pusieron vigilancia diaria
Ampliando el argumentario, la Audiencia Nacional recuerda que según declaró en fase de instrucción penal el capitán jefe de la Guardia Civil de la compañía de Elizondo durante la realización de las obras no se adoptó ninguna medida de seguridad de la maquinaria. Observó que “a pesar de la insistencia en su necesidad, las obras no contaban con ningún tipo de seguridad privada, salvo con unas vallas de alambres con carteles, tal y como se había recomendado a las entidades promotoras, según se dejaba constancia también en una resolución de noviembre de 2022 del director general de Presidencia del Gobierno de Navarra.
Así, la inspección ocular por parte de los agentes intervinientes del Instituto Armado “mostraba la inexistencia del vallado o cercado perimetral de obras, lo que permitía el acceso a pie con toda facilidad a la zona sur de obras, mientras que en la zona norte tan solo existían dos vallas metálicas colocadas a modo de puerta de acceso, con una malla de alambre de espino, aunque sin que su longitud se prolongara más de unos metros.
Por tanto, en base a dichas circunstancias, el tribunal ha considerado que la intervención de las Fuerzas de Seguridad del Estado “es conforme con los estándares normales y exigibles de actuación, sin que, por lo tanto, el hecho de no lograr evitar los graves altercados que se estaban produciendo pueda serle imputable ni, por lo tanto, considerase reprochable desde la perspectiva de la responsabilidad patrimonial de la Administración”. De todas formas, pese a este revés judicial, Palacio de Aroztegia no cejará seguramente de insistir en reclamar esa cantidad de millones de euros por todas las vías judiciales posibles, incluido en el ámbito civil a los vecinos de Baztan que fueron condenados a multas por los sabotajes efectuados en el lugar de las obras, pero a los que no se les aplicó la consideración de organización criminal, como deseaban las acusaciones.
Se anuló el pliego de contratación
Las demandantes, en la solicitud realizada ante la Audiencia Nacional, recordaban que “por consecuencia de la inactividad de la Administración del Estado en el ejercicio de sus competencias y obligaciones en materia de seguridad ciudadana y de defensa del orden público se produjo una frustración total e irreversible de la ejecución de las obras de urbanización”, cuyas pérdidas valoraba en 46.289.496 euros. Según alegaban, “entre el 8 y el 28 de abril de 2021, es decir durante 20 días consecutivos y de forma ininterrumpida, se mantuvo la invasión de los terrenos del ámbito del proyecto y alrededores por grupos de personas que realizaron actos violentos de deterioro e inutilización de la maquinaria, denunciados ante las Fuerzas de Seguridad, sin que, como se afirma, se hiciera nada para prevenir la situación y la comisión de varios delitos”. “La forma de actuar de la Guardia Civil no fue razonable, proporcionada ni adecuada a las circunstancias concurrentes”.
Por su parte, la Administración respondió, y sus argumentos los avala la AN, que la actuación del Instituto Armado fue “proporcionada, sin dejación de funciones, al imputarse el daño causado a las personas que realizaron actos vandálicos e ilícitos que impidieron continuar con las obras y contra las que se sigue un proceso penal en el que precisamente (dice la AN) habrá que dilucidar la existencia del daño y su indemnización”. También recordaba que la Guardia Civil no se mantuvo inactiva pues tuvieron múltiples intervenciones, que las obras de urbanización llegaron a ser sobrevenidamente ilegales al haberse anulado el pliego de contratación, y que con la adopción de medidas de protección de las obras (por parte de los promotores, medidas que no tomaron) habrían continuado tras su suspensión”.
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