Un hombre de origen colombiano y de 47 años de edad, reincidente en delitos sexuales, fue condenado en la mañana de este martes en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra a 9 años y 9 meses de prisión por haber agredido sexualmente a una menor de edad que sufre una importante discapacidad y que era hija de su compañera sentimental.

El tribunal le impone una orden de alejamiento y de prohibición de comunicación con la víctima durante 18 años y una medida de libertad vigilada durante diez años. Al acusado, que aceptó de conformidad la condena, se le estimó la atenuante de reparación del daño después de que haya depositado 10.000 euros para indemnizar a la víctima por los daños morales causados. Se comprometió a pagar los 2.000 euros restantes en los próximos tres meses.

La sentencia determina como hechos probados que el acusado convivió entre 2017 y 2020 con su pareja y la hija de ésta en el mismo domicilio familiar. La primera de las agresiones acreditadas sucedió en marzo de 2019 después de que el acusado agrediera sexualmente a la menor usando la fuerza. Posteriormente, la volvió a agredir hasta en cuatro ocasiones más entre marzo de 2019 y enero de 2020 repitiendo su conducta en diferentes estancias de la vivienda. Además, después de los ataques sexuales cometidos sobre la víctima, el procesado le dijo a la menor que no contara a su madre nada de lo sucedido puesto que si lo hacía iba a matar a toda la familia. La sentencia recuerda la situación de especial vulnerabilidad de la menor debido a la importante discapacidad que padece con carácter definitivo. El procesado era conocedor de la baja capacidad intelectual de la víctima.

Poco después de los hechos, en octubre de 2020, el procesado se marchó de Pamplona y huyó a Colombia pese a que se le había prohibido salir del territorio español y se acordó la retirada de su pasaporte. En su país estuvo preso entre el 28 de junio de 2021 y el 11 de agosto de 2022 hasta que fue entregado mediante un proceso de extradición y ahora se encontraba en prisión provisional a la espera de que se celebrara el juicio de ayer.

UN AGRESOR REINCIDENTE QUE YA FUE CONDENADO

Conviene recordar que al acusado se le aplicó la agravante de reincidencia puesto que ya tenía en su historial una condena por delitos sexuales. Le fue impuesta en 2019 por la Audiencia de Navarra por un delito de abuso sexual con penetración. Aquellos hechos transcurrieron en la noche del 14 de agosto de 2018 después de que el acusado acudiera a un local de Barañáin donde se encontró con unas amigas. Allí estuvieron bebiendo y bailando hasta que decidieron desplazarse al barrio de San Juan. Una de las jóvenes se encontraba en mal estado, así que el procesado se quedó con ella en el interior del vehículo mientras el resto de acompañantes acudió a los locales de ocio. Aparcó en doble fila junto a unos contenedores. Y aprovechando que ella se encontraba dormida y semiinconsciente por el alcohol consumido, el encausado procedió a quitarle la ropa, le efectuó varios tocamientos y culminó la agresión sexual. 

Su acción cesó cuando las amigas de la víctima regresaron al vehículo y la ayudaron a vestirse y a abandonar el lugar. En dicha sentencia al procesado se le aplicó la atenuante de toxicomanía, que le afectaba de manera leve a sus capacidades en el momento de los hechos, y también la de reparación del daño, después de haber indemnizado a la víctima antes de que se celebrara la vista oral.